Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO GRUPO

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2024, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Auto del Tribunal Administrativo de Cundinamarca acata sentencia del Consejo de Estado en caso de nulidad y restablecimiento del derecho en materia pensional

Proviene de: Sentencias

24 de febrero de 2026 15:9:16

Providencia y tribunal

La providencia analizada corresponde a un auto emitido por la Sección Segunda Sub-Sección “C” del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. La decisión se profiere en segunda instancia dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, con radicación número 250002342000-2021-00702-00. Su finalidad principal es dar cumplimiento a una sentencia previa dictada por la Sección Segunda del Honorable Consejo de Estado.

Antecedentes fácticos y procesales

El proceso fue iniciado por la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), en calidad de demandante. La entidad impugnó actos administrativos mediante los cuales se reconocieron una pensión de gracia y posteriormente una pensión de sobrevivientes a la parte demandada. La acción se funda en la presunta ilegitimidad de dichos reconocimientos y la inexistencia de derecho a estas prestaciones. El Consejo de Estado, en sentencia del 13 de noviembre de 2025, confirmó la decisión emitida en primera instancia el 22 de febrero de 2023, que accedió a las pretensiones de la demanda. En dicha sentencia, se declaró la nulidad de los actos administrativos cuestionados por lesivos y se estableció que la persona beneficiaria no ostenta derecho a las pensiones reconocidas.

Consideraciones y razón principal de la decisión

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, actuando en cumplimiento del principio de jerarquía judicial, resolvió en auto proferido el 16 de febrero de 2026, obedecer y dar cumplimiento a lo resuelto por el superior Tribunal de lo Contencioso Administrativo. La providencia enfatiza la obligatoriedad de acatar las sentencias del Consejo de Estado, autoridad máxima en materia administrativa, y ordena proceder con las actuaciones pertinentes para el archivo definitivo del expediente tras la ejecutoria de esta decisión. Cabe destacar la importancia constitucional y administrativa de esta providencia, pues reafirma el control judicial sobre los actos administrativos relacionados con la gestión pensional. Asimismo, confirma que el reconocimiento de pensiones debe ajustarse a la legalidad y que la entidad encargada de la gestión debe velar por la correcta administración de recursos públicos. En síntesis, el auto del Tribunal Administrativo de Cundinamarca se orienta a cumplir la sentencia del Consejo de Estado que declaró la nulidad de actos administrativos que otorgaron derechos pensionales indebidos, ratificando la inexistencia de derecho para la parte demandada y reafirmando el control judicial en materia de pensiones públicas. Con esta decisión, se garantiza la correcta aplicación de la normativa vigente y la protección del interés público en la administración de los recursos destinados a la seguridad social.

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho Administrativo

No se encontraron sugerencias