Antecedentes del caso
La sentencia T-390 de 2025 analizó una acción de tutela presentada por veinte resguardos de la Asociación de Autoridades Tradicionales del pueblo Awá (UNIPA) contra diversas entidades públicas y privadas, incluyendo empresas petroleras y autoridades ambientales y territoriales. Los accionantes denunciaron la vulneración de sus derechos por la contaminación derivada de múltiples perforaciones ilegales en el oleoducto trasandino, que afectaron gravemente el acceso al agua potable y la integridad del territorio.
La Corte constató la responsabilidad del Estado en la falta de acciones coordinadas para prevenir, mitigar y reparar el daño ambiental y social, y ordenó la suspensión del oleoducto hasta que se implementaran medidas de protección adecuadas. Además, se establecieron diversas órdenes para garantizar el acceso al agua potable, realizar diagnósticos ambientales, desarrollar planes de restauración ecológica y adoptar programas integrales de salud para las comunidades afectadas.
Solicitud de aclaración y adición del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible presentó una solicitud para aclarar y adicionar varias órdenes de la sentencia, argumentando que algunas competencias asignadas excedían su ámbito legal y proponiendo la inclusión expresa de otras entidades responsables, como el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, la Corporación Autónoma Regional de Nariño (Corponariño), la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), el Ministerio del Interior, y la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH).
Entre las principales solicitudes estuvo la precisión del alcance de su rol en la garantía del acceso al agua potable, la coordinación de instancias de diálogo con el pueblo Awá y otras comunidades, la participación activa de las empresas operadoras del oleoducto en los diagnósticos y planes de restauración, así como la delimitación de responsabilidades en la implementación de planes de salud.
Consideraciones de la Corte Constitucional
La Corte destacó que las solicitudes de aclaración y adición son procedimientos excepcionales que deben cumplir requisitos estrictos, como fundamentar dudas reales sobre el contenido de la sentencia o la omisión de aspectos esenciales para la resolución del litigio. En este caso, aunque la solicitud cumplió con la legitimación y oportunidad, no satisfizo la carga argumentativa necesaria.
El tribunal señaló que la solicitud del Ministerio de Ambiente no tomó en cuenta los fundamentos jurídicos de la sentencia, que asignó un rol central a esa entidad como ente rector del Sistema Nacional Ambiental (SINA) y coordinador de las medidas de protección y restablecimiento de derechos. Además, la Corte recordó que las órdenes fueron diseñadas bajo principios de coordinación y articulación interinstitucional, buscando una acción estatal integral para reparar el daño.
La Corte advirtió que la solicitud planteó una visión fragmentada y parcial de la acción estatal, similar a la que llevó a la vulneración de derechos en el caso original. También aclaró que no es necesario que la sentencia detalle cada mínima responsabilidad, sino que basta que las consecuencias jurídicas sean claras para que las partes cumplan las órdenes.
Decisión y conclusiones
Por lo anterior, la Sala Primera de Revisión rechazó la solicitud de aclaración y adición presentada por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible por incumplir el requisito de carga argumentativa. Se comunicó esta decisión a la entidad y se remitió copia al juzgado correspondiente para su incorporación al expediente del proceso.
La Corte Constitucional reafirmó la importancia de mantener una acción estatal coordinada y coherente para garantizar los derechos del pueblo Awá y otras comunidades afectadas por los derrames de petróleo. Asimismo, enfatizó que el Ministerio de Ambiente, en su calidad de ente rector del Sistema Nacional Ambiental, debe continuar liderando la articulación de las medidas de protección ambiental y social establecidas en la sentencia, asegurando así la reparación integral del daño y la prevención de futuros impactos ambientales en el territorio Awá.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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