Entidad emisora y contexto normativo
La presente resolución fue emitida por la Dirección Territorial Cauca del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) el 19 de septiembre de 2025 y publicada en el Diario Oficial No. 53.409 el 24 de febrero de 2026. El IGAC es la máxima autoridad catastral nacional y tiene la responsabilidad de garantizar la formación, actualización y conservación del catastro en Colombia, conforme a lo establecido en las leyes y decretos que regulan esta materia.
Tema principal y destinatarios
El asunto central de esta resolución es ordenar el inicio del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito en Florencia, Cauca, tanto en su zona urbana como rural. Este proceso se dirige a la administración pública territorial, en particular al municipio de Florencia, y a todos los actores vinculados con la gestión catastral y el ordenamiento del territorio, incluyendo comunidades indígenas y afrodescendientes que habiten en el área.
Objetivo y finalidad
El principal objetivo es actualizar la información catastral de Florencia para reflejar con precisión los cambios físicos, jurídicos y económicos de los inmuebles desde la última actualización realizada en 2008. Esta actualización permite asegurar la seguridad jurídica del derecho de propiedad, optimizar la planificación territorial, fortalecer la gestión fiscal local y facilitar la interoperabilidad con otros sistemas de información pública.
Decisiones y regulaciones clave
La resolución establece que:
- Se inicia formalmente el proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito, conforme a la normatividad técnica y jurídica vigente, incluyendo la Resolución IGAC 1040 de 2023 y su modificación por la Resolución 746 de 2024.
- Se aplicarán regulaciones específicas para proteger los derechos y particularidades de los Pueblos Indígenas (Decreto 462 de 2025) y de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras (Decreto 1139 de 2025), en caso de su presencia en el municipio.
- Se remite copia de la resolución a la Dirección de Gestión Catastral del IGAC, a la alcaldía de Florencia y a la Superintendencia de Notariado y Registro (SNR), entidad encargada de la inspección, vigilancia y control del proceso.
- Se establece que la resolución tiene carácter general, debe publicarse conforme a la Ley 1437 de 2011, y no admite recursos de reposición o apelación.
Base legal y fundamentos
La resolución se fundamenta en diversas normas, entre ellas:
| Norma | Contenido relevante |
| Ley 14 de 1983 | Define las funciones de las autoridades catastrales en formación y actualización. |
| Ley 1450 de 2011 | Establece la obligatoriedad de actualizar catastros cada cinco años para reflejar cambios físicos y jurídicos. |
| Ley 1955 de 2019 y Ley 2294 de 2023 | Detallan la gestión catastral como servicio público con enfoque multipropósito para seguridad jurídica y ordenamiento territorial. |
| Decreto 846 de 2021 | Regula las funciones y estructura del IGAC, incluyendo las Direcciones Territoriales. |
| Decretos 462 y 1139 de 2025 | Regulan la protección de derechos de Pueblos Indígenas y Comunidades Negras y Afrocolombianas en procesos catastrales. |
| Resolución IGAC 1040 de 2023 y modificación 746 de 2024 | Establecen procedimientos para actos administrativos de inicio y cierre en procesos catastrales. |
Impacto potencial
La actualización catastral proyectada permitirá una mejor gestión del territorio en Florencia, facilitando la identificación precisa y actualizada de los inmuebles, lo que contribuye a la seguridad jurídica y a la eficiencia en la administración pública local. Además, al incorporar un enfoque multipropósito, la información catastral será un insumo valioso para políticas públicas, planeación urbana y rural, así como para los procesos fiscales territoriales.
El cumplimiento de los procedimientos establecidos garantizará el respeto a los derechos de las comunidades étnicas presentes, asegurando una gestión inclusiva y ajustada a la normativa vigente. Por último, la supervisión por parte de la Superintendencia de Notariado y Registro fortalece la transparencia y legalidad del proceso.
Este acto administrativo rige a partir de su publicación y no admite recursos, lo que implica la obligatoriedad de su cumplimiento inmediato y su impacto directo en la gestión del catastro local, contribuyendo así al desarrollo sostenible y ordenado del municipio de Florencia.