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Procuraduría General de la Nación fortalece la intervención judicial civil mediante nueva distribución de procuradores judiciales

Proviene de: Resoluciones

2 de marzo de 2026 11:46:29

Distribución territorial y funcional de procuradores judiciales civiles

La Procuraduría General de la Nación expidió la Resolución No. 059 el 20 de febrero de 2026, mediante la cual se distribuyen los procuradores judiciales civiles I y II por despachos judiciales y se asignan competencias preventivas y para la intervención judicial en materia civil. Esta medida responde a la necesidad de mejorar la atención y respuesta en procesos civiles, dada la creciente demanda ciudadana y las funciones misionales de la Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas para Asuntos Civiles, del Trabajo y la Seguridad Social.

Objeto y destinatarios de la resolución

El acto administrativo tiene como destinatarios principales a los procuradores judiciales civiles I y II, quienes cumplen funciones esenciales de intervención judicial y preventiva en procesos civiles. La resolución también involucra a los despachos judiciales civiles del circuito y municipales, tribunales de arbitramento y autoridades administrativas con funciones jurisdiccionales. La asignación específica por reparto busca garantizar una intervención oportuna, eficiente y acorde con los principios de especialidad, territorialidad y carga laboral.

Principales decisiones y regulaciones

Entre las principales decisiones se encuentra la distribución detallada de despachos judiciales a cada procurador judicial civil, conforme al anexo técnico que integra la resolución. Se establece que esta asignación podrá ser modificada por la Procuraduría Delegada, previo visto bueno del Viceprocurador, para atender ajustes en la planta de personal o cambios en la configuración de los despachos judiciales. Asimismo, se determina que los asuntos previamente asignados continuarán siendo tramitados por los procuradores respectivos hasta su culminación, mientras que los nuevos casos serán repartidos conforme a criterios de especialización, carga laboral y necesidades del servicio. En materia de funciones, los procuradores judiciales civiles ejercerán la defensa del orden jurídico, el patrimonio público y los derechos fundamentales, en cumplimiento de la Constitución Política, el Código General del Proceso y demás normas aplicables. Además, se precisan las funciones preventivas y de control de gestión, que incluyen la protección y defensa de derechos fundamentales, con posibilidad de apoyo por parte de otros procuradores de la entidad.

Marco normativo y vigencia

La resolución se fundamenta en artículos constitucionales y legales, principalmente en los artículos 277 de la Constitución Política, y 37 a 46 del Decreto Ley 262 de 2000, así como en el Código General del Proceso. También tiene en cuenta la Ley 2213 de 2022, que regula el uso de tecnologías de la información en actuaciones judiciales, buscando mejorar la eficiencia y atención a los usuarios. Esta disposición deroga expresamente la Resolución No. 413 del 7 de diciembre de 2022 y aquellas normas que le sean contrarias, entrando en vigencia a partir de su fecha de expedición.

Impacto potencial

Con esta resolución, la Procuraduría General de la Nación fortalece su capacidad de intervención en asuntos civiles, asegurando una distribución más equitativa y especializada de sus procuradores judiciales en todo el país. Esto contribuye a una mayor protección del orden jurídico, los derechos fundamentales y el patrimonio público, así como a una gestión preventiva y eficiente dentro del Ministerio Público. En suma, la nueva organización interna refleja un esfuerzo institucional por modernizar y optimizar la función pública, adaptándose a las demandas actuales y a las tecnologías disponibles para garantizar un servicio de justicia más ágil y accesible para la ciudadanía. Esta iniciativa marca un paso significativo hacia la consolidación de un sistema judicial más efectivo y orientado a la protección integral de los derechos de todos los ciudadanos.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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