Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO GRUPO

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2024, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Tribunal Superior de Medellín confirma negativa de exhibición de documentos por incumplimiento de requisitos legales

Proviene de: Sentencias

6 de marzo de 2026 17:7:22

Contexto y tribunal competente

La decisión fue adoptada por la Sala Unitaria Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, en el marco de un recurso de apelación interpuesto contra un auto proferido por un juzgado civil de circuito. El proceso tiene por objeto determinar la responsabilidad civil y extracontractual por daños ocasionados en un accidente de tránsito ocurrido en enero de 2025, en el que se demandan a varias entidades y personas relacionadas con el hecho.

Antecedentes del caso

La parte actora solicitó la exhibición de una serie de documentos, entre ellos contratos laborales, exámenes médicos ocupacionales, comunicaciones laborales relacionadas con accidentes, pólizas de seguros y comunicaciones entre las entidades demandadas. Estos documentos pretendían demostrar el incumplimiento de obligaciones legales por parte de los demandados. El juzgado de primera instancia, mediante auto del 26 de noviembre de 2025, negó la exhibición solicitada, argumentando que la petición fue formulada de manera genérica y sin precisar con claridad quién debía exhibir cada documento, ni la relación de pertinencia y utilidad de los mismos respecto a los hechos objeto del litigio. Además, destacó que algunos documentos ya habían sido aportados en el proceso o reconocidos por las partes, haciendo innecesaria su exhibición.

Consideraciones jurídicas del Tribunal Superior

El Tribunal Superior reiteró que la prueba por exhibición de documentos está regulada en los artículos 265 y 266 del CGP, que exigen al solicitante cumplir con una carga argumentativa estricta. En particular, debe:
  • Indicar con precisión quién posee el documento.
  • Describir la naturaleza del documento.
  • Explicar la relación entre el documento y el hecho que se pretende probar.
En el caso concreto, el Tribunal encontró que la solicitud fue imprecisa, ya que no se individualizó cada documento ni se explicó claramente qué hecho se pretendía demostrar con cada uno. La parte actora simplemente afirmó que los documentos servirían para demostrar un incumplimiento genérico de “obligaciones legales” sin especificar cuáles ni cómo se relacionaban con los hechos probados en la demanda. Además, el Tribunal recordó que la pertinencia es un requisito fundamental para la admisión de pruebas, pues la exhibición debe contribuir a esclarecer el objeto del litigio. La ausencia de una relación clara entre los documentos solicitados y los hechos controvertidos llevó a concluir que la petición carecía de utilidad y conducencia. El Tribunal también señaló que algunas de las pólizas de seguros solicitadas ya fueron aportadas por las partes llamadas en garantía, y que no existía fundamento para presumir la existencia de otras diferentes, lo cual refuerza la improcedencia de la exhibición.

Decisión y consecuencias

Por lo anterior, la Sala Unitaria Civil del Tribunal Superior de Medellín confirmó el auto que negó la exhibición de documentos. La decisión no generó condena en costas y el expediente fue remitido al juzgado de origen para continuar con el trámite procesal. Esta providencia reafirma la importancia de cumplir estrictamente con los requisitos legales para la solicitud de exhibición de documentos en procesos judiciales, garantizando que la prueba sea pertinente, útil y conducente para el esclarecimiento de los hechos en controversia, evitando solicitudes genéricas o indeterminadas que puedan dilatar el trámite judicial.

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho Civil

No se encontraron sugerencias