Entidad emisora, número y fecha de la resolución
La presente resolución fue expedida por la Agencia Nacional de Minería (ANM) mediante la Resolución VPF-714, fechada el 3 de marzo de 2026 y publicada en el Diario Oficial No. 53.419 el 6 de marzo de 2026. Esta norma modifica la Resolución VPPF 183 del 15 de septiembre de 2021 y establece nuevas determinaciones en materia de reservas mineras.
Tema principal y destinatarios
El tema central de la resolución es la modificación de las Zonas Reservadas con Potencial (ZRP) minero, específicamente la terminación de la reserva en varios bloques que presentan superposición con territorios colectivos de Consejos Comunitarios Afrocolombianos y Zonas Mineras Étnicas. Esta medida está dirigida principalmente a comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, así como a actores del sector minero y público en general interesados en la gestión de los recursos naturales y la protección de derechos territoriales.
Objetivo y finalidad
El objetivo de la resolución es ajustar la delimitación de las áreas mineras reservadas para garantizar el respeto al derecho de prelación que tienen las comunidades étnicas sobre sus territorios colectivos y evitar la adjudicación directa a terceros sin su consentimiento. Asimismo, busca optimizar el uso de recursos públicos en procesos administrativos y asegurar la viabilidad jurídica y técnica de las reservas mineras.
Decisiones y regulaciones principales
La resolución dispone:
- La terminación de la reserva minera en doce bloques ZRP identificados con los números 426, 427, 434, 435, 437, 438, 440, 475, 476, 477, 618 y 649, debido a la superposición con territorios de Consejos Comunitarios Afro y Zonas Mineras Étnicas, así como restricciones ambientales asociadas a Reservas Forestales tipo A y ordenamientos territoriales.
- La orden de desanotación de estas áreas en el Sistema Integral de Gestión Minera y el Registro Minero Nacional, a cargo del Grupo de Catastro y Registro Minero de la ANM.
- La continuidad de la evaluación para el bloque ZRP 432, condicionado a un análisis geoespacial detallado para determinar su viabilidad.
- El reconocimiento y respeto del derecho de prelación de las comunidades étnicas, que implica un derecho exclusivo, preferente y no transferible para acceder a concesiones mineras en sus territorios.
Base legal
La resolución se fundamenta en diversas normas, entre las cuales destacan:
- El artículo 20 de la Ley 1753 de 2015 (Plan Nacional de Desarrollo).
- Los artículos 317, 122, 124, 131, 133 y 134 de la Ley 685 de 2001 (Código de Minas), que regulan la función minera del Estado y los derechos de grupos étnicos.
- El Decreto Ley 4134 de 2011, que creó la Agencia Nacional de Minería y le asignó funciones de autoridad minera.
- La Ley 70 de 1993 y el Decreto 1745 de 1995, que regulan los derechos territoriales colectivos de comunidades negras.
- El Decreto 1396 de 2023, que reglamenta el derecho de prelación para comunidades étnicas en materia minera.
- Sentencias de la Corte Constitucional (T-766 de 2015 y C-035 de 2016) sobre procedimientos en territorios colectivos.
Modificaciones a resoluciones previas
Esta resolución modifica y da por terminada parcialmente la reserva establecida en la Resolución VPPF 183 de 2021 respecto a los bloques señalados, ajustando el régimen de las Zonas Reservadas con Potencial para adecuarlas a las disposiciones legales y técnicas vigentes.
Plazos y términos
La resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y ordena la inmediata ejecución de la desanotación en los sistemas mineros correspondientes. Además, establece que la evaluación del bloque ZRP 432 continuará en curso para determinar su situación definitiva.
Impacto potencial
Esta decisión tiene un impacto significativo en la administración minera del país, ya que fortalece la protección de los derechos colectivos de las comunidades étnicas sobre sus territorios ancestrales, evitando la adjudicación de concesiones mineras sin su participación previa. Asimismo, optimiza el uso de recursos para la gestión minera al eliminar reservas inviables y mejora la claridad jurídica para actores interesados en la exploración y explotación de minerales estratégicos. En conjunto, contribuye a armonizar la actividad minera con los principios de desarrollo sostenible y respeto a los derechos humanos y territoriales reconocidos por la legislación colombiana.