ICBF expide nueva resolución para fortalecer la participación ciudadana en la publicación de actos administrativos
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11 de marzo de 2026 13:59:51
Autoridad emisora y contexto normativo
La Resolución 1515 de 2026 fue expedida por la Dirección General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) el 10 de marzo de 2026 y publicada en el Diario Oficial No. 53.423. Esta norma reemplaza la anterior Resolución 353 de 2023, con el objetivo de adaptar y armonizar los procedimientos internos del ICBF en materia de publicación de actos administrativos y consultas ciudadanas, en línea con el marco jurídico nacional vigente.
Objeto y destinatarios de la resolución
La resolución está dirigida principalmente a las dependencias internas del ICBF encargadas de elaborar proyectos normativos y a la ciudadanía en general, especialmente a los grupos de interés y sectores afectados por la regulación. Su objetivo es facilitar la participación ciudadana en el proceso de diseño y revisión de actos administrativos de carácter general y abstracto, promoviendo la transparencia y el acceso oportuno a la información pública.
Finalidad y decisiones principales
La norma establece el trámite interno para la publicación de la agenda regulatoria y de los proyectos de actos administrativos de carácter general y abstracto, incluyendo sus memorias justificativas y anexos. Se determina que la publicación debe realizarse en el Sistema Único de Consulta Pública (Sucop), con un plazo mínimo de quince (15) días calendario para la consulta ciudadana, salvo excepciones debidamente justificadas.
Además, regula que las demás formas de consulta ciudadana relacionadas con políticas, programas o servicios, que no impliquen actos administrativos de carácter general, deberán atender los lineamientos establecidos por la Dirección de Relación con la Ciudadanía del ICBF. Esta dependencia tiene un plazo máximo de seis meses para formalizar los documentos técnicos que guiarán estos procesos.
Se designa a la Oficina Jurídica como responsable de asignar profesionales formuladores y aprobadores en el Sucop, encargados de cargar los proyectos, gestionar las respuestas a los comentarios ciudadanos y garantizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos. Asimismo, se establece que las respuestas a las observaciones deben darse en un plazo máximo de diez (10) días hábiles posteriores al cierre de la consulta.
Fundamento legal y coherencia normativa
La Resolución se fundamenta en diversos preceptos constitucionales y legales, entre ellos los artículos 2°, 29 y 209 de la Constitución Política, las Leyes 7ª de 1979, 489 de 1998, 1437 de 2011, 1712 de 2014 y 1757 de 2015, así como decretos y resoluciones del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) y del Departamento Nacional de Planeación.
Destaca la observancia de principios como la participación, transparencia, legalidad, eficiencia y el interés superior de la niñez, en coherencia con políticas nacionales de racionalización normativa y mejora regulatoria.
Modificaciones y plazos relevantes
Esta resolución deroga expresamente la Resolución 353 de 2023 y establece un régimen de transición de tres meses para la implementación de los nuevos roles y usuarios en el Sucop. Durante este período, se aplicará de manera transitoria la normativa anterior.
Entre los plazos clave, se establece que la agenda regulatoria debe publicarse al menos por treinta (30) días calendario a más tardar el 31 de octubre de cada año, mientras que los proyectos normativos deben estar disponibles para consulta pública por un mínimo de quince (15) días calendario, con la posibilidad de reducción justificada, pero nunca inferior a tres (3) días.
Impacto potencial
Con esta resolución, el ICBF busca fortalecer la interacción con la ciudadanía, asegurando que los proyectos normativos sean accesibles y que la población interesada pueda aportar observaciones que contribuyan a mejorar el contenido y la eficacia de las normas institucionales. Este proceso promueve la transparencia y la legitimidad en la gestión pública, alineándose con los principios constitucionales de democracia participativa y debido proceso.
Además, la unificación y claridad en los procedimientos internos del ICBF contribuyen a una mayor seguridad jurídica y eficiencia en la producción normativa, facilitando el cumplimiento de las obligaciones legales en materia de participación ciudadana y publicación de información pública.
En conclusión, la Resolución 1515 de 2026 representa un avance significativo en la política institucional del ICBF para fortalecer la gobernanza y la participación ciudadana, consolidando un marco normativo que promueve la inclusión, la transparencia y la calidad en la administración pública.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.