Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordena entrega de título de depósito judicial a ECOPETROL S.A.
Proviene de: Sentencias
11 de marzo de 2026 15:24:2
Providencia emitida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca
La Sección Primera, Sub Sección “A” del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en auto fechado el 24 de febrero de 2026, resolvió ordenar la entrega del título de depósito judicial número 400100009932795, constituido el 26 de junio de 2025 por un valor de dieciocho mil seiscientos pesos ($18.600), a favor de ECOPETROL S.A., parte demandante en el proceso. La decisión fue adoptada en el marco del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho promovido contra el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.
Antecedentes fácticos y procesales
El litigio tiene como escenario el proceso identificado con el expediente número 25000-23-24-000-2011-00564-01, en el cual ECOPETROL S.A. actúa como demandante y el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial como demandado. En el transcurso del proceso, la parte demandante presentó un memorial el 26 de junio de 2025, mediante el cual allegó el soporte de pago correspondiente a copias procesales. Sin embargo, el pago no se efectuó mediante consignación o transferencia para gastos del proceso, sino a través de la constitución de un título de depósito judicial por el monto indicado.
Consideraciones y fundamentos de la decisión
El despacho judicial, tras revisar el informe del contador de la Sección, constató la existencia del título de depósito judicial como medio de pago utilizado por la parte demandante. En consecuencia, se ordenó a la Secretaría de la Sección proceder a entregar dicho título a ECOPETROL S.A., coordinando con su apoderada para el cumplimiento de esta disposición.
Adicionalmente, el auto ordena que una vez cumplida la entrega, se dé cumplimiento al archivo del proceso conforme a lo dispuesto en el ordinal 2° del auto fechado el 11 de junio de 2025, con las anotaciones que correspondan.
Aspectos formales y legales
La providencia fue firmada electrónicamente por la magistrada ponente de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, mediante la plataforma electrónica SAMAI del Consejo de Estado, garantizando su autenticidad y conservación conforme al artículo 186 de la Ley 1437 de 2011.
Esta decisión se enmarca dentro de la función jurisdiccional administrativa y constituye un auto, es decir, una resolución judicial que decide sobre aspectos procesales relacionados con el trámite y ejecución del fallo, sin resolver el fondo del asunto principal.
En síntesis, la providencia reitera la importancia del respeto a los procedimientos establecidos para el pago de gastos procesales y reconoce la validez del título de depósito judicial como mecanismo para tal fin, ordenando su entrega para garantizar los derechos de la parte demandante en el proceso administrativo. De esta manera, se asegura la correcta administración de justicia y se fortalece la confianza en los mecanismos legales establecidos para el manejo de recursos dentro de los procesos judiciales.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.