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Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordena nuevas medidas para ejecución de sentencia sobre deuda por canon de arrendamiento

Proviene de: Sentencias

11 de marzo de 2026 15:27:9

Contexto procesal y antecedentes

La providencia judicial objeto de este análisis fue emitida por la Sección Tercera - Subsección C del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Se trata de un auto dictado el 23 de febrero de 2026, en el trámite de una acción ejecutiva promovida por el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público (DADEP) del Distrito Capital, contra una persona natural por incumplimiento en el pago de cánones de arrendamiento de un inmueble ubicado en Bogotá. El proceso se inició en 2005 con la demanda ejecutiva para exigir el pago de una suma superior a los 26 millones de pesos, correspondiente a cánones adeudados desde 1993, más intereses y cláusula penal. En 2005 y 2006, el tribunal libró mandamiento de pago y ordenó continuar la ejecución. Posteriormente, en 2017 se decretó embargo y secuestro del establecimiento de comercio vinculado, medida que resultó infructuosa debido a la inexistencia del negocio actual. Ante la imposibilidad de localizar bienes muebles o inmuebles a nombre de la ejecutada, el tribunal ordenó en 2023 el embargo de sumas de dinero hasta por 160 millones de pesos en diversas entidades financieras. La ejecutante ha venido realizando gestiones para identificar activos financieros y otros bienes susceptibles de embargo.

Consideraciones y decisión del Tribunal

En el auto reciente, el despacho judicial valoró la información remitida por la apoderada de la entidad ejecutante, quien informó que, pese a consultas ante múltiples registros públicos (Superintendencia de Notariado, Colpensiones, Cámara de Comercio, entre otros), no se encontraron bienes a nombre de la ejecutada. Con base en lo anterior, la apoderada solicitó la expedición de nuevos oficios para investigar la existencia de cuentas bancarias en otras entidades no previamente consultadas, la posible titularidad de vehículos en varios municipios cercanos a Bogotá, y el estado de afiliación y aportes a seguridad social, dado que la ejecutada aparece actualmente afiliada como cotizante a una EPS. El Tribunal negó la solicitud de oficiar a algunas entidades bancarias, teniendo en cuenta que ya se habían obtenido respuestas anteriormente y se habían puesto en conocimiento de la ejecutante. Sin embargo, aprobó la petición de oficiar a otras entidades financieras no consultadas previamente, así como a las Secretarías de Movilidad de Bogotá y municipios aledaños para indagar sobre vehículos registrados a nombre de la ejecutada, y a la EPS correspondiente para verificar aportes a seguridad social. El auto dispone que las entidades bancarias a las que se oficiará tienen un plazo de tres días para consignar los dineros embargados, bajo apercibimiento de responder por dichas sumas y una multa equivalente a dos a cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes. Además, se establece que se notificará a las partes y al Ministerio Público conforme a la Ley 2213 de 2022.

Importancia y alcance de la providencia

Esta providencia ilustra el procedimiento de ejecución de sentencias administrativas en Colombia, específicamente en casos donde el deudor ha diluido o no posee bienes visibles para garantizar el pago. La decisión refleja la diligencia del tribunal para agotar mecanismos legales que permitan la efectividad de la tutela judicial del derecho a la recuperación de recursos públicos. Además, destaca el uso de herramientas como la consulta a registros públicos y entidades financieras para identificar activos, y la coordinación con autoridades de movilidad y de salud para recabar información relevante sobre la situación patrimonial y laboral del ejecutado. La medida busca transparentar y facilitar la materialización del embargo, respetando las garantías procesales y el debido proceso. En suma, el auto del Tribunal Administrativo de Cundinamarca constituye un paso relevante dentro de la ejecución de sentencias administrativas, que combina la rigurosidad jurídica con un enfoque práctico para la recuperación efectiva de créditos adeudados a la administración pública, asegurando así el respeto a los derechos de las partes involucradas y fortaleciendo la confianza en el sistema judicial.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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