Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirma incidente de desacato por incumplimiento en protección ambiental del río Sumapaz
Proviene de: Sentencias
11 de marzo de 2026 16:3:24
Contexto y antecedentes del proceso
La providencia fue emitida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera - Subsección “A”, en el marco de un proceso de protección de derechos e intereses colectivos iniciado por una cooperativa empresarial contra la Nación, representada por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, y otras entidades públicas y privadas. La demanda tuvo como objetivo proteger el derecho colectivo a un ambiente sano, el equilibrio ecológico y la conservación de recursos naturales, debido a la intervención no autorizada en el cauce del río Sumapaz, específicamente en la vereda Malachi.
En una sentencia de junio de 2015, el Tribunal declaró la vulneración del derecho colectivo al medio ambiente sano y ordenó a las entidades demandadas adoptar medidas para cesar la ocupación y explotación ilegal del río, así como para restaurar el cauce natural y los ecosistemas afectados. Esta decisión fue confirmada por el Consejo de Estado en abril de 2018, el cual además aclaró responsabilidades y funciones de asistencia técnica asignadas a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).
Desarrollo y motivo del incidente de desacato
Pese a las órdenes judiciales, el Tribunal constató que las entidades involucradas, incluyendo la ANLA, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la Corporación Autónoma Regional del Tolima (CORTOLIMA) y la sociedad concesionaria de la autopista Bogotá-Girardot, no acreditaron el cumplimiento efectivo de las medidas ordenadas para la protección y restauración ambiental del río Sumapaz. Ante esta situación, el Despacho abrió un incidente de desacato mediante auto de diciembre de 2021, requiriendo informes detallados y soporte documental sobre las acciones realizadas para cumplir la sentencia.
Análisis del recurso de reposición y la solicitud de nulidad
La apoderada de CORTOLIMA interpuso recurso de reposición contra el auto que abrió el incidente de desacato, argumentando que la entidad ha cumplido con sus funciones dentro de su ámbito competencial, incluyendo la apertura y seguimiento de procesos administrativos y sancionatorios relacionados con la ocupación ilegal del cauce. Asimismo, sostuvo que la responsabilidad principal recae en la ANLA, entidad encargada de la evaluación y sanción en materia de licencias ambientales.
Por su parte, la sociedad concesionaria de la autopista presentó un incidente de nulidad procesal basándose en que las obligaciones derivadas de la sentencia tienen naturaleza preconcursal, debido a la entrada en proceso de reorganización empresarial, lo que, según argumentó, limita la exigibilidad inmediata de las órdenes judiciales.
El Tribunal, en su análisis, determinó que el recurso de reposición no es el mecanismo adecuado para discutir el cumplimiento material de las órdenes judiciales, cuestión que debe resolverse en el trámite del incidente de desacato. Además, negó la solicitud de nulidad procesal, al no encontrar causales legales que la sustenten y al considerar que no existió irregularidad procesal alguna en la providencia recurrida.
Convocatoria a audiencia pública de verificación
Finalmente, el Tribunal convocó al Comité de Verificación, conformado por representantes de las partes involucradas y autoridades locales, a una audiencia pública que se llevará a cabo el 7 de abril de 2026 a través de la plataforma Teams. En esta diligencia, las entidades obligadas deberán presentar pruebas documentales y sustentar las razones que expliquen el cumplimiento o eventual incumplimiento de las órdenes judiciales relacionadas con la protección ambiental del río Sumapaz.
Esta providencia reafirma la importancia del cumplimiento efectivo de las decisiones judiciales en materia ambiental y el uso de los mecanismos procesales adecuados para garantizar la protección de los derechos colectivos y el medio ambiente, asegurando así la preservación de los recursos naturales para las futuras generaciones.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.