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Tribunal Administrativo de Cundinamarca convoca audiencia inicial virtual en proceso contra ADRES

Proviene de: Sentencias

11 de marzo de 2026 16:22:33

Contexto procesal y tribunal competente

La providencia fue expedida por la Sección Primera, Subsección C, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca en su función de primera instancia. El proceso corresponde a un medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, interpuesto por una entidad prestadora de servicios de salud en liquidación contra la ADRES, que es la entidad demandada.

Antecedentes fácticos y procesales

El litigio surge de una controversia entre la entidad demandante y la ADRES, relacionada con la administración de recursos del sistema de seguridad social en salud. La entidad promotora presentó la demanda solicitando la nulidad de determinados actos y el restablecimiento de derechos, a lo cual la entidad demandada contestó sin proponer excepciones previas. Ambas partes solicitaron la práctica de pruebas, lo que motivó la convocatoria a audiencia inicial para avanzar en la etapa probatoria del proceso.

Consideraciones de la providencia

El magistrado ponente resolvió convocar a la audiencia inicial, a celebrarse de manera virtual el día 16 de abril de 2026, a las 9:12 a.m., conforme a lo dispuesto en el artículo 180 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). La providencia establece detalladas instrucciones técnicas y logísticas para la correcta realización de la audiencia mediante la plataforma Microsoft Teams. Entre las recomendaciones se destacan:
  • Uso de equipos con cámara web, micrófono y parlantes o dispositivos alternativos que permitan videollamadas.
  • Garantizar una conexión de internet de banda ancha estable, preferiblemente con conexión por cable al módem.
  • Ubicación en un espacio con buena iluminación y libre de ruidos o interrupciones.
  • Mantener la cámara encendida durante toda la diligencia para la identificación facial y activar el micrófono sólo cuando se autorice la intervención.
  • Envío previo o simultáneo de documentos necesarios al correo electrónico de la Secretaría del Tribunal.
  • Comunicación oportuna de cualquier cambio en correos electrónicos o números de celular para asegurar la correcta vinculación a la audiencia.
Además, se ordena a la Secretaría remitir el expediente completo al despacho antes de la fecha de la audiencia, para facilitar el análisis y desarrollo adecuado de la diligencia.

Importancia de la decisión

Esta providencia refleja la adaptación del proceso judicial a modalidades virtuales, buscando garantizar la continuidad, eficacia y transparencia en la administración de justicia administrativa. La virtualización de la audiencia inicial permite superar barreras geográficas y sanitarias, promoviendo el acceso efectivo a la justicia. Asimismo, el auto enfatiza el cumplimiento riguroso de los requisitos técnicos para evitar dificultades durante la diligencia, lo que contribuye a la seguridad jurídica y al respeto del debido proceso. La convocatoria a esta audiencia inicial marca un avance importante en el trámite del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, permitiendo a las partes presentar sus pruebas y argumentos ante el tribunal competente. La providencia fue firmada electrónicamente, conforme a la Ley 2213 de 2022, que regula la autenticidad, integridad y conservación de documentos digitales, asegurando la validez jurídica de las actuaciones. Este desarrollo procesal será relevante para quienes siguen de cerca los conflictos relacionados con la administración de recursos en el sistema de seguridad social en salud y la función judicial en materia administrativa, ya que sienta precedentes sobre la implementación de audiencias virtuales en procesos administrativos complejos.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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