Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO GRUPO

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2024, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirma anulación de proceso por duplicidad de actuaciones

Proviene de: Sentencias

11 de marzo de 2026 16:42:51

Providencia y contexto procesal

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección B, profirió un auto en segunda instancia respecto a un recurso de reposición interpuesto contra la anulación de un proceso por duplicidad de actuaciones. El proceso en cuestión es un asunto de nulidad y restablecimiento del derecho, en el cual se cuestionó la admisión y trámite simultáneo de la demanda en dos tribunales administrativos diferentes: el de Cundinamarca y el de Boyacá.

Antecedentes fácticos y procesales

El demandante presentó inicialmente una demanda mediante la plataforma de “Recepción Demandas en Línea” dirigida a la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Sin embargo, por un error material, adjuntó una versión equivocada del escrito dirigida al Tribunal Administrativo de Boyacá. Detectado este error, se radicó posteriormente la demanda correcta y válida dirigida al tribunal administrativo correspondiente en Cundinamarca. Simultáneamente, el Tribunal Administrativo de Boyacá admitió la demanda inicialmente radicada por error. El actor notificó esta situación mediante un memorial, solicitando que se tuviera por válida la demanda presentada ante Cundinamarca y que no se diera trámite a la presentada ante Boyacá. Pese a ello, el proceso continuó su curso ante el Tribunal Administrativo de Boyacá.

Consideraciones jurídicas de la providencia

La Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca analizó el recurso de reposición con base en la normativa aplicable, específicamente los artículos 242 y 243 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - CPACA), y el artículo 318 del Código General del Proceso (CGP). El tribunal explicó que la duplicidad de actuaciones se configura cuando un mismo asunto, con identidad de partes, hechos y pretensiones, es tramitado simultáneamente en dos instancias judiciales distintas. Esta situación vulnera principios fundamentales como la seguridad jurídica y la economía procesal, pudiendo generar sentencias contradictorias y desgaste innecesario en la administración de justicia. Sobre el derecho fundamental de acceso a la administración de justicia, consagrado en el artículo 229 de la Constitución Política, el tribunal señaló que si bien este derecho es esencial, también impone deberes procesales a las partes, incluyendo la diligencia y observancia de términos judiciales. Por ende, la existencia de dos procesos simultáneos no implica necesariamente una restricción injustificada de este derecho, especialmente cuando uno de los procesos continúa su trámite con diligencia. En el caso concreto, la admisión y notificación de la demanda ante el Tribunal Administrativo de Boyacá implica que sí hubo acceso efectivo a la administración de justicia. Así, la anulación del proceso en Cundinamarca no impide el ejercicio del derecho, sino que busca evitar el trámite paralelo de un mismo asunto en dos despachos distintos. Finalmente, el tribunal concluyó que no procedía reponer la providencia que anuló el proceso por duplicidad de actuaciones ni admitir el recurso de apelación, pues ello contravendría los principios procesales y podría generar inseguridad jurídica.

Decisión final

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca resolvió:
  • No reponer el auto del 9 de febrero de 2026 que anuló el proceso por duplicidad de actuaciones.
  • Rechazar por improcedente el recurso de apelación interpuesto.
  • Ordenar el cumplimiento de la providencia que anuló el proceso.
Esta decisión refuerza la importancia de evitar la existencia simultánea de procesos judiciales con el mismo objeto, garantizando la coherencia del ordenamiento jurídico y la correcta administración de justicia. Con esta determinación, el tribunal busca evitar la fragmentación de la justicia y promover procesos más eficientes y transparentes para todas las partes involucradas.

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho Administrativo

No se encontraron sugerencias