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Comunidad Andina fija precios de referencia para la segunda quincena de marzo de 2026 y designa encargo temporal en la Secretaría General

Proviene de: Resoluciones

12 de marzo de 2026 16:55:10

Contexto y entidades emisoras

La Secretaría General de la Comunidad Andina es la entidad responsable de emitir ambas resoluciones. La primera, la Resolución N° 2566, fue publicada el 6 de marzo de 2026, y se enfoca en la fijación de precios de referencia para diversos productos agropecuarios y materias primas. La segunda, la Resolución N° 2567, también emitida el mismo día, establece un encargo temporal en la Secretaría General ante la ausencia del titular.

Tema principal y destinatarios

La Resolución N° 2566 regula los precios de referencia del Sistema Andino de Franjas de Precios para la segunda quincena de marzo de 2026, aplicables a importaciones que ingresen a los puertos de los países miembros durante dicho período. Los destinatarios principales son los países miembros de la Comunidad Andina que aplican el Sistema Andino de Franjas de Precios, dado que esta regulación incide en la determinación de derechos variables adicionales y rebajas arancelarias. Por otro lado, la Resolución N° 2567 tiene como destinatario al personal de la Secretaría General y a los órganos de administración del bloque, asegurando la continuidad funcional durante la ausencia temporal del Secretario General.

Objetivos y finalidades

La finalidad de la Resolución N° 2566 es cumplir con las disposiciones establecidas en el Acuerdo de Cartagena y las Decisiones de la Comisión de la Comunidad Andina, particularmente para facilitar la aplicación de las Tablas Aduaneras y los cálculos previstos en la normativa vigente. De esta forma, se busca mantener la transparencia y equidad en la imposición de aranceles variables, ajustados a los precios internacionales. En cuanto a la Resolución N° 2567, su objetivo es garantizar el correcto funcionamiento de la Secretaría General durante el período en que el Secretario General se encuentra ausente, designando temporalmente a un Director General para ejercer las funciones correspondientes.

Decisiones y regulaciones principales

La Resolución N° 2566 establece los precios de referencia para distintos productos, tales como carne de cerdo, trozos de pollo, leche entera, trigo, cebada, maíz, arroz, soya, aceites crudos y azúcar, expresados en dólares por tonelada. Estos precios se aplicarán para las importaciones que arriben entre el 16 y el 31 de marzo de 2026. Asimismo, se confirma que los países miembros podrán utilizar estas referencias para la determinación de derechos variables adicionales o rebajas arancelarias, empleando las Tablas Aduaneras publicadas previamente o realizando los cálculos contenidos en las Decisiones pertinentes. Por su parte, la Resolución N° 2567 encarga temporalmente la Secretaría General al Director General de Transformación Productiva, Integración Física y Servicios, durante la ausencia del Secretario General, y establece la obligación de informar sobre las actuaciones realizadas durante este encargo.

Base legal y vigencia

Ambas resoluciones se fundamentan en diversas normas del Acuerdo de Cartagena y las Decisiones de la Comisión de la Comunidad Andina, especialmente en la Decisión 371 sobre el Sistema Andino de Franjas de Precios y en el Reglamento Interno de la Secretaría General. La Resolución N° 2566 entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena, aplicándose a las importaciones en el plazo establecido. La Resolución N° 2567 también entra en vigor desde su publicación, por el periodo que dure la ausencia temporal del Secretario General.

Impacto potencial

La fijación periódica de precios de referencia es una herramienta clave para el funcionamiento del régimen arancelario en la Comunidad Andina, contribuyendo a la estabilidad y previsibilidad en el comercio intrarregional. Además, la designación de encargos temporales garantiza la continuidad administrativa y operativa de la Secretaría General, elemento esencial para la gestión efectiva del bloque. En conjunto, estas resoluciones reflejan la dinámica institucional de la Comunidad Andina en la administración de su integración económica y la gestión de sus procesos internos, fortaleciendo la cooperación y coordinación entre los países miembros para enfrentar los retos del comercio internacional y la integración regional.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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