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Proyecto de Resolución de la CAR propone acotamiento de la ronda hídrica de la Quebrada La Toga en La Calera (Cundinamarca)

Proviene de: Proyectos de Resolución

13 de marzo de 2026 15:55:57

Propósito general y objetivo principal del proyecto

El proyecto de resolución presentado por la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR tiene como propósito general adoptar el acotamiento de la ronda hídrica de la Quebrada La Toga, ubicada en el municipio de La Calera (Cundinamarca). Esta medida se basa en estudios técnicos realizados para definir los límites físicos de esta ronda hídrica, conforme a lo dispuesto en la legislación ambiental colombiana, en especial el artículo 206 de la Ley 1450 de 2011 y el Decreto 1076 de 2015. El objetivo principal es garantizar la protección y conservación de la Quebrada La Toga mediante la delimitación de sus áreas de influencia y la adopción de estrategias de manejo ambiental que permitan preservar sus condiciones naturales, restaurar zonas degradadas y promover un uso sostenible. Con ello, se busca asegurar la prestación de servicios ecosistémicos, contribuir al desarrollo sostenible y evitar la generación de asentamientos humanos en zonas vulnerables.

Nuevas disposiciones y estrategias ambientales

Este proyecto introduce la delimitación precisa de los elementos constitutivos de la ronda hídrica, los cuales comprenden:
  • La faja paralela al cauce permanente, con un área aproximada de 1.319 metros cuadrados.
  • El área de protección o conservación aferente, con una extensión cercana a 26.668 metros cuadrados.
Asimismo, se establecen tres estrategias de manejo ambiental para estas áreas:
  1. Estrategia de preservación: orientada a mantener y favorecer la cobertura vegetal nativa mediante la protección, control, vigilancia, investigación y actividades de restauración que eviten la intervención humana nociva.
  2. Estrategia de restauración: dirigida a rehabilitar zonas degradadas mediante revegetalización con especies nativas, monitoreo e investigación para restablecer la conectividad ecológica y alcanzar eventualmente condiciones de preservación.
  3. Estrategia de uso sostenible: que permite actividades productivas de bajo impacto y sostenibles, siempre bajo autorizaciones ambientales y sin afectar la función ecosistémica de la ronda hídrica.
Quedan expresamente prohibidas actividades como tala y quema de vegetación nativa, desarrollos urbanos, minería, aprovechamientos forestales de especies nativas y disposición de residuos sólidos, salvo excepciones justificadas y autorizadas.

Acciones y regulaciones específicas

El proyecto establece que la faja paralela al cauce permanente estará sujeta a las estrategias de preservación y restauración, mientras que el área de protección o conservación aferente se regirá por las estrategias de restauración y uso sostenible. Además, se dispone que la ronda hídrica se constituya en una determinante ambiental de superior jerarquía, de obligatorio cumplimiento para las autoridades municipales y regionales en sus instrumentos de planificación territorial. También se prevé la inscripción del acotamiento en los folios de matrícula inmobiliaria de los predios afectados, así como la imposición de sanciones ambientales en caso de incumplimiento, conforme a la Ley 1333 de 2009 y sus modificaciones.

Impacto y alcance potencial

Con la adopción de esta resolución, se espera fortalecer la gestión ambiental y la protección de los recursos hídricos en el área de jurisdicción de la CAR. La delimitación y manejo adecuado de la ronda hídrica de la Quebrada La Toga contribuirán a conservar la biodiversidad, mejorar la calidad del agua y prevenir riesgos asociados a asentamientos humanos en zonas vulnerables. Además, la medida facilitará la incorporación de las determinantes ambientales en los planes de ordenamiento territorial, promoviendo un desarrollo urbano y rural compatible con la conservación ambiental y la gestión integral del riesgo.

Participación de actores clave

El proyecto se sometió a un proceso de participación ciudadana mediante su publicación en la página web institucional de la CAR, permitiendo la presentación de observaciones durante un período establecido. La resolución contempla la comunicación formal a la Alcaldía del Municipio de La Calera y a la Gobernación de Cundinamarca para la coordinación en la implementación y seguimiento de las medidas adoptadas. En suma, la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, en ejercicio de sus funciones como autoridad ambiental, impulsa esta iniciativa como parte de sus responsabilidades legales de protección y manejo sostenible de los recursos naturales renovables en su jurisdicción, reafirmando su compromiso con la conservación ambiental y el bienestar de las comunidades locales.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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