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Prórroga para el reporte financiero del Ministerio de Hacienda: Resolución 078 de 2026 de la Contaduría General de la Nación

Proviene de: Resoluciones

16 de marzo de 2026 22:32:10

Entidad emisora y contexto de la resolución

La resolución 078 de 2026 fue expedida por la Contaduría General de la Nación (CGN) el día 11 de marzo de 2026, y publicada en el Diario Oficial No. 53.425 el 12 de marzo del mismo año. Esta autoridad, responsable de supervisar y regular la contabilidad pública en Colombia, utiliza sus facultades legales para autorizar modificaciones en los plazos de reporte de información financiera de entidades gubernamentales.

Objeto y destinatarios de la resolución

El tema principal de la resolución es la prórroga del plazo para que la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional (DGCPTN), adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, presente la información financiera correspondiente al cuarto trimestre de 2025 ante la CGN. El destinatario específico es esta entidad nacional, la cual tiene un papel fundamental en la gestión de la deuda pública y las finanzas del Estado, razón por la cual la precisión y oportunidad de sus reportes son esenciales para la estabilidad financiera del país.

Finalidad y justificación de la prórroga

El objetivo de la resolución es extender el plazo inicialmente fijado para la entrega de la categoría de Información Contable Pública - Convergencia, a través del Sistema Consolidador de Hacienda e Información Financiera Pública (CHIP). Esta prórroga responde a problemas técnicos detectados en el sistema tecnológico PORFIN, encargado del registro y control de operaciones financieras específicas de la DGCPTN. Dichas dificultades incluyen intermitencias y limitaciones en la parametrización de ciertas operaciones, lo que ha generado la necesidad de revisar y ajustar la información reportada para asegurar su calidad y confiabilidad.

Decisiones y regulaciones principales

Mediante el artículo 1° de la Resolución 078 de 2026, se prorroga el plazo para la presentación de la información financiera al 19 de marzo de 2026, ampliando así la fecha previamente establecida en la Resolución 043 de 2026, que fijaba el límite en el 15 de marzo. Esta ampliación es de carácter transitorio y se aplica exclusivamente a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional.

Fundamentos legales y normativos

La resolución se fundamenta en diversas normas, entre las cuales destacan:
  • Los literales c) y g) del artículo 3º de la Ley 298 de 1996, que otorgan facultades a la CGN.
  • Los numerales 3 y 8 del artículo 4º del Decreto 1693 de 2023.
  • El Decreto 0111 del 30 de enero de 2026.
  • Disposiciones previas de la CGN que establecen el régimen de contabilidad pública, como las resoluciones números 139 de 2015, 533 de 2015, 037 y 461 de 2017, y 138 de 2025.
Además, la resolución cumple con los requisitos legales para su vigencia y publicación, conforme a la Ley 489 de 1998 y la Ley 1437 de 2001, modificada por la Ley 2080 de 2021.

Modificaciones a normas previas y vigencia

La prórroga otorgada modifica el plazo señalado en la Resolución 043 de 2026, ajustando la fecha límite para el reporte financiero. La resolución también deroga cualquier disposición que sea contraria a lo aquí establecido. Su vigencia inicia a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Impacto potencial de la resolución

Esta medida transitoria permite a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional asegurar la calidad y confiabilidad de la información contable presentada, lo que es fundamental para la estabilidad del sistema contable público colombiano y para mantener la confianza en las finanzas públicas nacionales. La ampliación del plazo refleja un reconocimiento institucional de las dificultades técnicas enfrentadas y la necesidad de flexibilidad para cumplir con los estándares de reporte exigidos. En síntesis, la Resolución 078 de 2026 representa una acción puntual de la Contaduría General de la Nación para facilitar la correcta rendición de cuentas financieras del Estado, a través de la autorización de una prórroga que contribuye a la transparencia y estabilidad del sistema financiero público. Esta medida subraya el compromiso institucional con la calidad de la información financiera y la adecuada gestión de los recursos públicos.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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