Contexto y Emisión de la Resolución
La Resolución 02 de 2026 fue emitida por la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario (CNCA) el 10 de marzo de 2026 y publicada en el Diario Oficial No. 53.425 el 12 de marzo de 2026. Esta resolución se fundamenta en el Decreto 0175 de 2026, que ordena la adopción de medidas excepcionales para mitigar los efectos de una emergencia declarada mediante el Decreto 150 de 2026, que afectó gravemente el sector agropecuario por eventos hidrometeorológicos.
Objeto y Ámbito de Aplicación
El principal propósito de la resolución es establecer las condiciones financieras, operativas y de gestión para el Programa Especial de Crédito para el Restablecimiento Productivo (PECRP), creado para facilitar la recuperación productiva de los territorios afectados. Sus disposiciones aplican a todas las entidades que integran el Sistema Nacional de Crédito Agropecuario (SNCA), intermediarios financieros y demás operadores habilitados para canalizar los recursos del programa.
Destinatarios y Principios Rectores
El programa está dirigido principalmente a productores agropecuarios afectados por la emergencia, con prioridad para pequeños productores de ingresos bajos, organizaciones campesinas, familiares, étnicas y comunitarias (ACFEC), mujeres rurales, víctimas del desplazamiento forzado y personas en proceso de reincorporación a la vida civil. Se enfatizan principios como la integralidad, enfoque poblacional diferencial, simplicidad operativa y territorialidad proporcional que aseguran la focalización y adecuación a las realidades locales.
Estructura y Líneas de Crédito del PECRP
El PECRP se compone de seis líneas de restablecimiento productivo que cubren desde apoyo individual para pequeños productores hasta esquemas asociativos, infraestructura territorial, microfinanzas rurales, crédito para medianos y grandes productores, y gestión integral de riesgos agropecuarios. Cada línea está diseñada con destinos específicos de crédito orientados a actividades productivas, transformación, comercialización, infraestructura y gestión del riesgo, siempre bajo condiciones técnicas y normativas definidas.
Condiciones Financieras e Incentivos
Las condiciones financieras incluyen tasas de interés subsidiadas por un periodo máximo de dos años, incorporación obligatoria de seguro agropecuario en algunas líneas cuando exista oferta, y un incentivo de recuperación productiva excepcional y no reembolsable que busca aliviar la carga financiera de los beneficiarios y acelerar la recuperación. Además, se establecen reglas claras para la compatibilidad y concurrencia de incentivos, evitando la doble financiación sobre un mismo objeto.
Garantías y Recursos para la Ejecución
Se crea una cuenta especial dentro del Fondo Agropecuario de Garantías (FAG-RP) con recursos por hasta ochenta mil millones de pesos, destinados a respaldar las obligaciones crediticias del programa. Las garantías cuentan con coberturas máximas específicas, exentas de deducibles y otras limitaciones financieras para asegurar su efectividad. La financiación del programa asciende a más de dos billones de pesos, distribuidos en créditos, incentivos y garantías, con una asignación presupuestal específica dentro del Plan Anual de Gestión de Riesgos Agropecuarios (PAGRA) 2026.
Seguimiento, Evaluación y Vigencia
El Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario (Finagro) es responsable del seguimiento técnico y financiero del programa, reportando mensualmente a la CNCA y al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Se establecen metas indicativas de colocación crediticia y ejecución de incentivos. El programa tendrá una vigencia inicial de diez meses, prorrogable según las condiciones que motivaron su creación.
Impacto Potencial
La resolución busca responder integralmente a la emergencia agropecuaria mediante un sistema coordinado de crédito, garantías e incentivos que facilite la recuperación productiva y económica de los afectados. Al priorizar a los sectores más vulnerables y promover la gestión integral del riesgo, se espera fortalecer la resiliencia del sector agropecuario, garantizar la seguridad alimentaria y contribuir al desarrollo sostenible de las zonas afectadas.
Este marco normativo refleja un esfuerzo institucional para articular políticas de financiamiento y gestión de riesgos en contexto de emergencia, con especial atención a la inclusión social y territorial. Así, se espera que el PECRP se convierta en un instrumento clave para dinamizar la economía rural, promover la estabilidad productiva y mejorar las condiciones de vida de los productores afectados por los recientes desastres hidrometeorológicos, asegurando un futuro más sostenible y resiliente para el sector agropecuario nacional.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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