CREG responde inquietudes sobre resolución 101 087 de 2025 y comunidades energéticas
Proviene de: Conceptos
17 de marzo de 2026 12:42:42
La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) remitió oficialmente las respuestas a los comentarios recibidos durante la etapa de consulta sobre la resolución CREG 101 087 de 2025, la cual modifica las resoluciones CREG 174 de 2021 y 101 072 de 2025, entre otras disposiciones. Este documento aclara dudas planteadas por diversos actores del sector, incluyendo la Asociación Nacional de Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios (ANDESCO).
Transición en el mercado eléctrico y tratamiento de excedentes
En relación con la fórmula para el traslado de compras de agentes generadores de pequeña escala (AGPE), generadores distribuidos (GD), autogeneración colectiva (AC) y generadores distribuidos colectivos (GDC) al iniciar la aplicación del mercado complementario (MC), la CREG confirmó que la transición aplica tanto para agentes nuevos como existentes. Durante esta etapa, se mantendrán las reglas de la resolución 174 de 2021, que establecen un precio de bolsa para los excedentes que superan el crédito de energía. Además, la Comisión está considerando extender el tiempo de transición para realizar análisis adicionales y ajustar la redacción con el fin de evitar interpretaciones diversas.
Formación y registro de comunidades energéticas
Respecto a la definición de comunidades energéticas, la CREG aclaró que una persona natural o jurídica puede conformar una comunidad energética con varios usuarios, siempre que tenga más de una frontera comercial. Por lo tanto, la regulación no limita la conformación de comunidades energéticas en estas circunstancias.
Sobre la inscripción de comunidades energéticas ante el Ministerio de Minas y Energía, la CREG indicó que esta consulta debe dirigirse directamente a dicho ministerio, aunque recordó que para el proceso de conexión...
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