Concepto de la CREG sobre la verificación anual de ENFICC y ajuste de obligaciones de energía firme
Proviene de: Conceptos
17 de marzo de 2026 12:45:1
La CREG recordó que, conforme a las leyes y decretos vigentes, tiene la función de regular económicamente los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible, y que su función consultiva se limita a las materias de su competencia, sin resolver casos concretos, los cuales corresponden a otras entidades regulatorias.
Declaración de parámetros y cálculo de ENFICC
En relación con la verificación anual de la energía firme de plantas de generación (ENFICC), establecida en la Resolución CREG 127 de 2020, la Comisión explicó que los agentes generadores deben realizar la declaración de parámetros dentro de los plazos previstos para que el Centro Nacional de Despacho (CND) pueda calcular la ENFICC y la Energía Disponible Adicional (EDA). Estos cálculos son fundamentales para la referencia en el mercado secundario.
Implicaciones de la no declaración y ajustes en las obligaciones
Si una planta no realiza la declaración de parámetros, la ENFICC y la EDA se consideran cero, lo que implica un incumplimiento regulatorio y debe ser reportado a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD). En este caso, se aplica el artículo 45 de la Resolución CREG 101 024 de 2022, que establece un mecanismo para verificar y ajustar las obligaciones de energía firme (OEF) de las plantas según la relación entre la ENFICC verificada y las OEF vigentes.
El ajuste se realiza cuando la relación es inferior a 0,95 y afecta la liquidación del mes siguiente, corrigiendo las asignaciones desde la más reciente hasta la más antigua, sin modificar asignaciones anteriores a la vigencia de la resolución. En la primera vez que ocurra esta situación, no...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.