La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) ha emitido una respuesta oficial a una petición relacionada con la ampliación del mercado de alternativas tecnológicas para el almacenamiento de energía eléctrica en Colombia. La solicitud, presentada en el marco del derecho fundamental de petición, proponía suspender la implementación de sistemas de almacenamiento con baterías hasta evaluar conjuntamente otras alternativas, como el almacenamiento hidroeléctrico y el concepto de “prosumidor”, que integraría sistemas de almacenamiento de larga duración y fuentes despachables de alta intensidad.
Regulación vigente y definición del concepto "prosumidor"
En su respuesta, la CREG recordó que las resoluciones vigentes, específicamente la Resolución CREG 174 de 2021 y la Resolución CREG 072 de 2025, ya permiten la instalación de sistemas de almacenamiento dentro de la frontera comercial para autogeneración a pequeña escala, generación distribuida y modalidades colectivas. Por ello, el concepto de “prosumidor” mencionado en la petición ya está contemplado en la regulación actual.
Proyecto de resolución para almacenamiento en el Sistema Interconectado Nacional
Además, la Comisión informó que se encuentra en análisis un proyecto de resolución (CREG 701 103 de 2025), que define mecanismos para incorporar sistemas de almacenamiento de energía con baterías en el Sistema Interconectado Nacional (SIN). Este proyecto está en etapa de consulta pública para recibir comentarios de los interesados y contempla la instalación de sistemas de almacenamiento en función de necesidades sistémicas y de incentivos de mercado.
Importancia del almacenamiento energético y participación ciudadana
La CREG enfatizó que el almacenamiento de energía ha sido identificado como una alternativa técnica y económica viable para atender las demandas del sistema eléctrico nacional. Por ello, la continuación de la agenda regulatoria es fundamental para el avance del sector energético en Colombia, respetando siempre el marco legal y las políticas públicas vigentes.
Finalmente, la Comisión invitó a presentar observaciones sobre las resoluciones mencionadas para enriquecer el proceso regulatorio y garantizar la integración eficiente de tecnologías en el sistema eléctrico nacional. Esta respuesta se enmarca en lo establecido por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Este pronunciamiento refleja la importancia de mantener un equilibrio entre la innovación tecnológica y la regulación estructurada para asegurar la sostenibilidad y confiabilidad del sistema energético colombiano, promoviendo así una transición energética justa y efectiva.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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