DIAN confirma exención del impuesto sobre la renta para pensiones hasta 1000 UVT mensuales
Proviene de: Oficios
17 de marzo de 2026 12:49:4
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en respuesta a una consulta general sobre la aplicación del impuesto sobre la renta a las pensiones, ha ratificado su interpretación respecto a la exención establecida en el numeral 5 del artículo 206 del Estatuto Tributario. Según este pronunciamiento, están exentos de tributación los ingresos por pensiones que no superen las 1000 Unidades de Valor Tributario (UVT) mensuales.
Para acceder a esta exención, el contribuyente debe cumplir con los requisitos legales para obtener la pensión, conforme a la Ley 100 de 1993. Este criterio está en línea con el parágrafo 3 del mismo artículo y con la regulación tributaria anterior, lo que garantiza continuidad en el tratamiento fiscal de las pensiones.
La doctrina de la DIAN aclara que la parte de la pensión que exceda las 1000 UVT se considera gravada y se calcula de manera independiente en cada pago mensual. Esta interpretación coincide con lo dispuesto en el artículo 135 de la Ley 100 de 1993 y con el artículo 84 de la Ley 2381 de 2024, cuya esencia tributaria no difiere respecto a la normativa previa.
Es importante señalar que, debido a una demanda de inconstitucionalidad, la Sala Plena de la Corte Constitucional emitió un auto que suspende la entrada en vigor de varias disposiciones de la Ley 2381 de 2024, salvo algunas excepciones, hasta que se resuelva de forma definitiva la constitucionalidad de la ley.
La DIAN ha publicado toda su doctrina vigente en el normograma disponible en su página web, facilitando así el acceso a los ciudadanos y profesionales interesados en la...
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