Suspensión provisional de decretos sobre estado de emergencia y medidas tributarias aduaneras
Proviene de: Oficios
18 de marzo de 2026 4:29:54
La Subdirección encargada de interpretar y aplicar las normas tributarias, aduaneras y de fiscalización cambiaria ha informado sobre la suspensión provisional de dos decretos de relevancia para el sector aduanero y tributario. Los decretos afectados son el decreto legislativo que declara el estado de emergencia económica, social y ecológica en el territorio nacional, y el decreto legislativo que establece medidas tributarias derivadas de esa situación.
Detalles de la suspensión
La suspensión fue ordenada por la Corte Constitucional mediante auto del 29 de enero de 2026, y se mantiene hasta que la Sala Plena de la Corte profiera una decisión definitiva sobre la validez del decreto matriz que declaró el estado de emergencia. En consecuencia, también queda suspendida la aplicación del decreto legislativo que desarrolla las medidas tributarias relacionadas.
Esta suspensión implica que las disposiciones contenidas en dicho decreto no generan efectos jurídicos por el momento, por lo que la Subdirección no puede emitir pronunciamientos sobre su aplicación hasta que se resuelva la cuestión de fondo.
Impacto en la tributación y aduanas
Como efecto inmediato, desde la fecha de la suspensión, el impuesto sobre las ventas para la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes debe liquidarse conforme al artículo 428 del Estatuto Tributario. Esto implica que las importaciones de bienes por tráfico postal o envíos urgentes cuyo valor no exceda los doscientos dólares estadounidenses estarán sujetas al cobro del impuesto, según lo dispuesto en la normativa vigente previa a los decretos suspendidos.
En cuanto al gravamen arancelario, se mantiene la aplicación del parágrafo del artículo 261 del Decreto 1165 de 2019, adicionado por el Decreto 1090...
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