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No es posible la reimportación de exportación temporal por viajero diferente al que realizó la salida

Proviene de: Oficios

17 de marzo de 2026 12:51:30

Exportación temporal y su carácter personal

La entidad aduanera competente explicó que la exportación temporal de mercancías nacionales o nacionalizadas que un viajero lleva consigo para reimportarlas sin pago de tributos está vinculada de manera estricta a la persona que realizó la salida del país. Esta modalidad, regulada en el decreto 1165 de 2019 y la resolución 46 de 2019, exige que el viajero entregue una declaración de equipaje acompañada de documentos que identifiquen claramente las mercancías al momento de la salida. El procedimiento establece que el viajero debe presentar la mercancía y documentos ante la autoridad aduanera, quien verificará los detalles y sellará el pasaporte con la indicación de "Exportación Temporal". A su regreso, el viajero debe demostrar que la mercancía reimportada es la misma que salió del país.

Implicaciones para viajeros y responsabilidades

La subdirección concluyó que no es posible que otro viajero diferente al que realizó la exportación temporal pueda reimportar las mercancías en el mismo estado. Esto se debe a que los beneficios y las responsabilidades son personales e intransferibles, vinculados al viajero individualmente considerado. No obstante, se recomienda evaluar otras modalidades de exportación que permiten transportar mercancías "a la mano del viajero" mediante un trámite de exportación regular. En resumen, esta doctrina fortalece la seguridad jurídica en materia aduanera al precisar que la exportación temporal como equipaje acompañado está estrictamente ligada a la persona que realiza la salida, evitando así posibles irregularidades en la reimportación de mercancías por terceros. De esta manera, se garantiza un control efectivo de las mercancías y se protegen los intereses tanto del Estado como de los viajeros, promoviendo un comercio exterior ordenado y transparente.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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