Tribunal Superior de Bucaramanga confirma negativa a pensión de sobrevivientes por falta de dependencia económica
Proviene de: Sentencias
25 de marzo de 2026 14:3:7
Providencia judicial y contexto procesal
La providencia corresponde a una sentencia emitida por la Sala Sexta de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, en segunda instancia, que resolvió el recurso de apelación interpuesto contra una sentencia previa del Juzgado Primero Laboral del Circuito de la misma ciudad. El proceso ordinario laboral se originó por la solicitud de reconocimiento de la pensión de sobrevivientes, impulsada por la madre de un afiliado fallecido, contra la administradora de pensiones y la compañía aseguradora vinculadas al sistema de seguridad social.
Antecedentes fácticos y procesales
La demandante solicitó que se declarara que el afiliado fallecido era cotizante activo al Sistema General de Pensiones en la fecha de su muerte y que ella tenía derecho a la pensión de sobrevivientes por depender económicamente de él. Alegó que su hijo trabajó durante varios años y cotizó las semanas necesarias, que no existían otros beneficiarios como cónyuge o hijos del causante, y que ella dependía económicamente de su hijo para cubrir gastos básicos, especialmente debido a la enfermedad de su madre, quien recibía una pensión insuficiente. La demanda incluía además la solicitud del pago retroactivo de la pensión, intereses moratorios, indexación y costas del proceso.
En la contestación, la administradora de fondos de pensiones reconoció el vínculo filial y la cotización del causante, pero argumentó que la demandante no acreditó la dependencia económica requerida para acceder a la pensión y que, por ello, se procedió a la devolución de saldos acumulados. La aseguradora manifestó que su obligación se limita a cubrir sumas adicionales cuando el capital de la...
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