Tribunal Superior de San Gil confirma negación de redención de pena por mala conducta en periodo evaluado
Proviene de: Sentencias
25 de marzo de 2026 14:20:2
Contexto y antecedentes del caso
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de San Gil, en su Sala Penal y como instancia de apelación, conoció el recurso interpuesto contra un auto proferido por el Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la misma ciudad. La providencia judicial en cuestión negó el reconocimiento de redención de pena por trabajo y estudio a un interno condenado a 120 meses de prisión por delitos sexuales en concurso con incesto, cuya privación de la libertad inició en octubre de 2019.
Anteriormente, el Juzgado de Ejecución de Penas de Antioquia había asumido la vigilancia del cumplimiento de la pena, pero fue remitida a San Gil tras el traslado del interno. En agosto y septiembre de 2025, el Juzgado Primero de Ejecución de Penas en San Gil asumió el conocimiento del proceso y procedió a estudiar las solicitudes de redención de pena presentadas por el condenado.
Fundamentos y consideraciones de la decisión judicial
El auto del 31 de octubre de 2025 reconoció parcialmente la redención de pena por trabajo y estudio, pero negó el beneficio respecto a 1.298 horas correspondientes al período entre octubre de 2024 y junio de 2025, debido a que la conducta del interno durante este lapso fue calificada como mala y regular por la autoridad penitenciaria.
El recurrente solicitó la revisión de esta decisión, argumentando una interpretación indebida de la norma y solicitando una valoración proporcional de la conducta, dado que las sanciones disciplinarias impuestas no privaron al interno del derecho a la redención según el régimen interno.
El Tribunal Superior recordó que la redención...
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