Metodología para el cálculo de la ENFICC en plantas no despachadas centralmente
La CREG recordó que, conforme al numeral 3.3 del anexo 3 de la Resolución CREG 071 de 2006, la ENFICC de las PNDC se calcula mediante una fórmula que incluye la Capacidad Efectiva Neta (CEN), la disponibilidad declarada por el agente y una variable denominada “h año”, que corresponde a las horas totales del primer año del periodo de vigencia de la obligación, es decir, 8.760 horas. Esta metodología se aplica independientemente de la tecnología de la planta.
Respecto a la disponibilidad, en caso de que el agente no declare este parámetro, se asume un valor del 35%, que puede ser modificado si el propietario sustenta un valor diferente con cifras demostrables. La CREG puede solicitar auditoría para verificar estos datos.
Procedimiento ante solicitudes de aclaración y permanencia en la subasta
En relación con el proceso de validación de la ENFICC máxima, la CREG explicó que los participantes tuvieron un plazo para solicitar aclaraciones sobre el cálculo realizado por el Centro Nacional de Despacho (CND). Tras recibir dichas solicitudes, el CND tiene hasta cinco días hábiles para revisar y responder, y debe informar individualmente a cada participante.
Si un agente persiste en solicitar aclaraciones más allá del plazo establecido, el reglamento de la subasta contempla que el sistema cambie automáticamente el estado de la solicitud a “desistido”, sin que esto implique la exclusión automática de la planta de la subasta.
Además, la CREG resaltó que agotadas las fases de aclaración, el valor de la ENFICC máxima determinado por el CND es el que se debe utilizar para efectos regulatorios, según el artículo 22 de la Resolución CREG 101 024 de 2022, sin requerirse la aprobación expresa por parte del agente.
Impacto y recomendaciones
Este concepto aporta claridad sobre cómo se debe interpretar y aplicar la metodología para el cálculo de la ENFICC en PNDC, un aspecto clave para la planificación y participación en la subasta 2029-2030. Además, establece el procedimiento claro para la gestión de solicitudes de aclaración, garantizando la transparencia y la objetividad en el proceso.
Los agentes generadores y demás interesados pueden consultar las normas y conceptos relacionados en el gestor normativo de la CREG para mantenerse informados sobre los procedimientos vigentes y asegurar su adecuada participación en futuros procesos de asignación de capacidad. Con esta aclaración, se fortalece la confianza en el marco regulatorio y se promueve un mercado eléctrico más eficiente y competitivo.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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