Consejo de Estado niega aclaración y adición a sentencia sobre costas en recurso extraordinario de revisión
Proviene de: Sentencias
31 de marzo de 2026 12:5:16
Contexto y competencia del tribunal
La providencia fue emitida por la Sala Veintisiete Especial de Decisión del Consejo de Estado, máxima instancia en materia contencioso-administrativa, en ejercicio de su competencia para resolver solicitudes de aclaración y adición de sentencias conforme al artículo 249 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). La decisión se dictó en el marco de un recurso extraordinario de revisión promovido por la UGPP contra una sentencia anterior que había sido emitida por la Sección Segunda, Subsección A del mismo Consejo.
Antecedentes procesales y fácticos
El proceso inició con la interposición por parte de la UGPP de un recurso extraordinario de revisión contra una sentencia del 13 de julio de 2023. En esta, se había declarado infundado el recurso y se condenó en costas a la entidad recurrente fijando agencias en derecho equivalentes a un salario mínimo legal mensual vigente, sin reconocer expensas procesales por falta de prueba suficiente de su causación en el expediente.
Posteriormente, la parte demandada en el recurso extraordinario solicitó la aclaración y adición de la sentencia del 31 de octubre de 2025 para que se incluyeran dentro de la condena en costas las expensas procesales asumidas por esta en su defensa, aportando documentos como acuerdos de honorarios y comprobantes de pago.
La UGPP se opuso a esta solicitud, argumentando que no se cumplen los requisitos legales para la aclaración o adición previstos en los artículos 285 y 287 del Código General del Proceso (CGP), y que la inconformidad correspondía a la fijación del monto de agencias en derecho, materia que debía ser resuelta...
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