Consejo de Estado decreta pruebas de oficio en recurso extraordinario de revisión sobre nulidad de proceso licitatorio
Proviene de: Sentencias
31 de marzo de 2026 12:9:31
Contexto y tribunal competente
La providencia fue dictada por la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en el marco de un recurso extraordinario de revisión presentado contra una sentencia de segunda instancia que confirmó la decisión del Tribunal Administrativo de un departamento del país. Este último había negado las pretensiones de nulidad y restablecimiento del derecho promovidas contra una entidad estatal que canceló un proceso licitatorio.
Antecedentes fácticos y procesales
El recurso extraordinario de revisión fue interpuesto por una sociedad de transporte que cuestionaba la sentencia de segunda instancia, alegando vulneración del debido proceso por falta de motivación y desconocimiento del principio de congruencia, en especial porque la entidad pública accionada no allegó el expediente administrativo al contestar la demanda, según lo previsto en el artículo 175 de la Ley 1437 de 2011. La recurrente argumentó que el manual de contratación de la entidad contenía cláusulas que permitían cancelar procesos de selección a su antojo, afectando derechos fundamentales como la buena fe, la defensa y el debido proceso.
Durante el trámite, ninguna de las partes solicitó pruebas adicionales ni aportó documentos, y el Ministerio Público se pronunció sin solicitar elementos probatorios. La entidad demandada tampoco se manifestó tras la notificación del auto admisorio.
Consideraciones jurídicas y decisión
El Consejo de Estado fundamentó su decisión en el artículo 254 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 168 del Código General del Proceso, que establecen que las pruebas decretadas en recursos extraordinarios de revisión deben cumplir con los requisitos de conducencia, pertinencia y utilidad, y que deben rechazarse aquellas que sean prohibidas,...
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