Contexto y competencia
La Sala de lo Contencioso Administrativo – Sección Tercera, Subsección A del Consejo de Estado resolvió en segunda instancia una acción de tutela promovida contra una providencia del Tribunal Administrativo del Caquetá. La acción buscaba proteger los derechos fundamentales al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, supuestamente vulnerados por la negativa de la autoridad judicial local a admitir un dictamen pericial para la liquidación de perjuicios en un proceso de reparación directa.
El Consejo de Estado, conforme a lo previsto en la Constitución Política y el Decreto 2591 de 1991, tenía competencia para decidir sobre esta impugnación.
Antecedentes procesales y fácticos
El caso se originó en una acción de reparación directa contra entidades estatales relacionadas con fumigaciones químicas sobre un predio rural. En primera instancia, el juzgado encontró responsabilidad administrativa en dichas entidades y ordenó la liquidación y pago de perjuicios materiales, en modalidad de lucro cesante, mediante incidente pericial.
El Tribunal Administrativo del Caquetá revocó parcialmente esta decisión, estableciendo parámetros estrictos para la valoración de los perjuicios y ordenando la práctica de un trámite incidental para determinar los montos con base en un dictamen pericial suficiente y debidamente soportado.
Posteriormente, el demandante aportó un dictamen pericial para la liquidación de perjuicios, el cual fue objetado por la entidad responsable y, tras análisis judicial, fue rechazado por no cumplir con los requisitos probatorios exigidos. En consecuencia, tanto el juzgado como el tribunal confirmaron la improcedencia del incidente de liquidación, decisión que fue recurrida mediante acción de tutela.
Consideraciones de la providencia
El Consejo de Estado recordó que la acción de tutela contra providencias judiciales es excepcional y exige el cumplimiento de requisitos estrictos, entre ellos, la relevancia constitucional. Este requisito implica que la controversia debe versar sobre un asunto de rango constitucional que afecte derechos fundamentales de manera real y desproporcionada, y no constituir un mero recurso para reabrir debates legales ya resueltos por el juez natural.
En el análisis, la Sala concluyó que la acción de tutela presentada pretendía un nuevo examen del dictamen pericial y su valoración probatoria, aspectos que ya habían sido resueltos en el proceso ordinario con fundamentos razonados por la autoridad judicial. La acción no demostró la existencia de una afectación constitucional relevante, sino una inconformidad con la interpretación y valoración realizada por el tribunal.
Asimismo, se enfatizó que el dictamen pericial fue rechazado por carecer de soportes como cotizaciones múltiples para insumos y clarificaciones técnicas necesarias para sustentar el monto de los perjuicios, conforme a los parámetros establecidos en la sentencia de segunda instancia del proceso de reparación directa.
Por lo anterior, el Consejo de Estado confirmó la decisión que declaró improcedente la acción de tutela por incumplimiento del requisito de relevancia constitucional, reafirmando que la tutela no es la vía para un nuevo análisis de aspectos jurídicos ya decididos.
Conclusión de la decisión judicial
Con base en lo expuesto, la Sala de lo Contencioso Administrativo confirmó la sentencia del 18 de noviembre de 2025, que negó el amparo solicitado. La decisión fue notificada a las partes y el expediente remitido a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
Esta providencia reafirma la doctrina vigente sobre la excepcionalidad de la tutela contra providencias judiciales y la importancia del cumplimiento del requisito de relevancia constitucional para garantizar la correcta administración de justicia y evitar la reanudación de debates judiciales ya concluidos. De esta manera, se privilegia la seguridad jurídica y el respeto por las decisiones del juez natural, fortaleciendo el sistema judicial y la protección efectiva de los derechos fundamentales.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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