Consejo de Estado confirma improcedencia de acción de tutela contra providencia judicial sobre liquidación de perjuicios
Proviene de: Sentencias
31 de marzo de 2026 12:10:43
Contexto y competencia
La Sala de lo Contencioso Administrativo – Sección Tercera, Subsección A del Consejo de Estado resolvió en segunda instancia una acción de tutela promovida contra una providencia del Tribunal Administrativo del Caquetá. La acción buscaba proteger los derechos fundamentales al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, supuestamente vulnerados por la negativa de la autoridad judicial local a admitir un dictamen pericial para la liquidación de perjuicios en un proceso de reparación directa.
El Consejo de Estado, conforme a lo previsto en la Constitución Política y el Decreto 2591 de 1991, tenía competencia para decidir sobre esta impugnación.
Antecedentes procesales y fácticos
El caso se originó en una acción de reparación directa contra entidades estatales relacionadas con fumigaciones químicas sobre un predio rural. En primera instancia, el juzgado encontró responsabilidad administrativa en dichas entidades y ordenó la liquidación y pago de perjuicios materiales, en modalidad de lucro cesante, mediante incidente pericial.
El Tribunal Administrativo del Caquetá revocó parcialmente esta decisión, estableciendo parámetros estrictos para la valoración de los perjuicios y ordenando la práctica de un trámite incidental para determinar los montos con base en un dictamen pericial suficiente y debidamente soportado.
Posteriormente, el demandante aportó un dictamen pericial para la liquidación de perjuicios, el cual fue objetado por la entidad responsable y, tras análisis judicial, fue rechazado por no cumplir con los requisitos probatorios exigidos. En consecuencia, tanto el juzgado como el tribunal confirmaron la improcedencia del incidente de liquidación, decisión que fue recurrida mediante acción de tutela.
Consideraciones de la providencia
El Consejo de Estado recordó que la acción de tutela contra providencias...
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