Consejo de Estado niega tutela contra providencia sobre subsidio familiar a soldado profesional
Proviene de: Sentencias
31 de marzo de 2026 12:31:31
Contexto y competencia del caso
La Sala Quinta de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado asumió el conocimiento de la acción de tutela presentada contra el Tribunal Administrativo del Meta, conforme a los decretos que regulan la procedencia de este mecanismo frente a providencias judiciales. La tutela fue admitida mediante auto y la providencia sobre el proyecto de fallo fue objeto de redistribución interna debido a la falta de mayoría para su aprobación inicial.
Antecedentes de hecho y procesales
El caso se originó con la solicitud de un soldado profesional pensionado para que se reconociera y pagara el subsidio familiar conforme al artículo 11 del Decreto 1794 de 2000. Este subsidio fue inicialmente derogado por el Decreto 3770 de 2009, cuyo efecto fue declarado nulo con retroactividad por el Consejo de Estado en 2017. El actor alegó que, debido a la nulidad, debía aplicarse la norma original y no la posterior regulación contenida en el Decreto 1161 de 2014, que estableció una cuantía inferior del subsidio.
El soldado declaró una unión marital de hecho en 2009 y posteriormente solicitó el reajuste del subsidio al Ejército Nacional, solicitud que fue negada. En primera instancia, el Juzgado Séptimo Administrativo Oral del Circuito Judicial de Villavicencio accedió parcialmente a la demanda, ordenando el pago del subsidio desde la fecha en que se informó el cambio de estado civil. Sin embargo, el Tribunal Administrativo del Meta revocó esta decisión, argumentando que era obligación del actor notificar oportunamente el cambio de estado civil para acceder al beneficio durante la vigencia del Decreto 1794 de 2000.
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