Consejo de Estado declara improcedente tutela contra sentencia por presunta falla médica en proceso de reparación directa
Proviene de: Sentencias
31 de marzo de 2026 12:36:43
Providencia y tribunal que la profiere
El 5 de marzo de 2026, la Sección Cuarta de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado emitió sentencia en el trámite de una acción de tutela presentada contra providencia dictada por el Tribunal Administrativo del Caquetá, Sala Tercera de Decisión, en proceso de reparación directa por presunta falla médica.
Antecedentes fácticos y procesales
La acción de tutela fue promovida por un grupo de familiares de una menor que falleció tras recibir atención en urgencias de la E.S.E. Sor Teresa Adele, en Puerto Rico (Caquetá). La menor ingresó inicialmente presentando síntomas relacionados con el ojo derecho, pero no fue atendida en urgencias, sino remitida a consulta externa. Posteriormente, sufrió un desmayo y fue diagnosticada con infección urinaria, recibiendo tratamiento y siendo dada de alta. Sin embargo, horas después fue ingresada nuevamente en estado crítico y falleció durante su traslado a un centro hospitalario de mayor complejidad.
Los familiares demandaron en proceso de reparación directa contra la entidad hospitalaria, alegando falla en la prestación del servicio médico por diagnóstico tardío e inadecuado. El Juzgado Primero Administrativo de Florencia negó las pretensiones en sentencia de mayo de 2022, considerando que no se evidenció negligencia médica. La decisión fue confirmada por el Tribunal Administrativo del Caquetá en mayo de 2025.
Insatisfechos con la confirmación, los demandantes interpusieron acción de tutela alegando vulneración del derecho fundamental al debido proceso, argumentando defectos en la valoración de la prueba y la existencia de una falla médica que no fue reconocida.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El Consejo de Estado analizó la procedencia de la acción de tutela...
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