Consejo de Estado declara improcedente acción de tutela contra decisión judicial sobre demolición en Valle del Cauca
Proviene de: Sentencias
31 de marzo de 2026 12:44:42
Providencia judicial y tribunal competente
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección A, del Consejo de Estado, emitió una sentencia de primera instancia el 27 de febrero de 2026, declarando improcedente una acción de tutela promovida contra el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca. La demanda buscaba proteger derechos fundamentales relacionados con el debido proceso y el acceso a la administración de justicia.
Antecedentes fácticos y procesales
Los accionantes presentaron inicialmente una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra el municipio de Yumbo, con el fin de anular dos resoluciones administrativas: una orden de demolición de una vivienda construida sin licencia y la confirmación de dicha orden por parte de la Secretaría de Gobierno municipal. Alegaron irregularidades en el procedimiento administrativo, incluyendo vulneraciones al derecho de audiencia, defensa y debido proceso, especialmente por la falta de intervención de abogado en un proceso que involucraba a un ciudadano cuyo idioma natal no es el español, y la exclusión de una coproprietaria del predio.
Durante el proceso contencioso-administrativo, el Juzgado Quinto Administrativo de Cali inicialmente negó la medida cautelar solicitada, pero posteriormente la concedió para suspender la orden de demolición, con base en la posible afectación de derechos fundamentales y en el riesgo de perjuicio económico significativo.
Sin embargo, la Sala Jurisdiccional de Decisión 4 del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca revocó esta medida cautelar, argumentando que el juzgado no realizó el análisis requerido para comparar el acto administrativo cuestionado con las normas superiores invocadas, ni valoró adecuadamente las pruebas allegadas.
Ante esta revocatoria, los accionantes interpusieron la acción de tutela contra el Tribunal...
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