Consejo de Estado confirma archivo de investigación por acoso laboral en proceso disciplinario del sector judicial
Proviene de: Sentencias
31 de marzo de 2026 13:4:11
Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por la Subsección A de la Sección Tercera del Consejo de Estado, competente para conocer en primera instancia de acciones de tutela contra providencias judiciales, conforme al artículo 37 del Decreto 2591 de 1991 y el Acuerdo 080 de 2019.
Antecedentes fácticos y procesales
La acción de tutela fue interpuesta por la secretaria de un juzgado penal, quien denunció presunto acoso laboral por parte de la escribiente del mismo despacho judicial durante los años 2022 y 2023. La queja fue inicialmente remitida por el Comité de Convivencia Laboral a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial, que ordenó el archivo definitivo del proceso por no acreditar conducta persistente y demostrable de acoso laboral conforme a la Ley 1010 de 2006.
La parte accionante apeló la decisión, pero la Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirmó el archivo, considerando que no existían pruebas suficientes para evidenciar intimidación, perjuicio laboral o desmotivación en el trabajo. Se rechazaron solicitudes de aclaración y adición a la providencia.
La accionante solicitó, mediante la acción de tutela, la revocatoria de las decisiones por considerarlas arbitrarias y vulneradoras de sus derechos fundamentales al debido proceso, igualdad, acceso a la administración de justicia, dignidad humana y trabajo en condiciones dignas. Alegó defectos en la valoración probatoria, falta de protección como víctima, y ausencia de una defensa técnica efectiva durante el trámite disciplinario.
Consideraciones principales de la providencia
La Sala examinó los requisitos de procedibilidad de la acción de tutela contra providencias judiciales, siguiendo la doctrina constitucional que exige el cumplimiento de causales generales y específicas para su admisión. Se...
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