Consejo de Estado declara improcedente acción de tutela contra sentencia del Tribunal Administrativo de Risaralda sobre incremento salarial docente
Proviene de: Sentencias
31 de marzo de 2026 13:5:37
Contexto y competencia
La providencia fue proferida por la Sección Tercera, Subsección A, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, competente para conocer de la acción de tutela instaurada contra el Tribunal Administrativo de Risaralda, que había emitido sentencia el 21 de agosto de 2025. La tutela fue admitida conforme al Decreto 333 de 2021 y al marco normativo vigente, en primera instancia.
Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó con una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho presentada contra la Nación – Ministerio de Educación – Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG) y el municipio de Dosquebradas. La demanda cuestionaba la legalidad del Decreto Nacional 284 de 2024 que derogó diversas disposiciones relacionadas con el régimen salarial y prestacional del escalafón docente. En concreto, se alegó que el incremento salarial para la categoría 3AM fue inferior al otorgado a la categoría 3DM en los años 2008 y 2009, generando un trato desigual y discriminatorio sin justificación objetiva o técnica.
El juzgado de primera instancia negó las pretensiones argumentando que los incrementos fueron superiores al índice de precios al consumidor (IPC) y que las diferencias obedecían a criterios legítimos para reducir brechas salariales entre docentes oficiales y contratados. El Tribunal Administrativo de Risaralda confirmó esta decisión en segunda instancia, señalando que el aumento diferenciado se sustentaba en las competencias legales del Gobierno Nacional para fijar condiciones salariales y en las características distintas de cada grado del escalafón docente.
Insatisfecho, el demandante interpuso acción de tutela contra la sentencia de segunda instancia, alegando violaciones a los derechos fundamentales...
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