Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO ECOSISTEMA

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Consejo de Estado remite demanda por competencia a juzgados administrativos de Cali

Proviene de: Sentencias

31 de marzo de 2026 13:30:42

Contexto y naturaleza de la decisión

El Consejo de Estado, a través de un auto fechado el 19 de marzo de 2026, se pronunció sobre la admisión de una demanda interpuesta contra el Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali. Esta providencia no es una sentencia sino un auto, cuya función principal fue determinar la competencia territorial para conocer la acción judicial planteada.

Antecedentes fácticos y procesales

La demanda cuestiona la validez del artículo 4.2 y del inciso segundo del artículo 5º del Decreto Distrital No. 4112.010.20.0346, expedido el 1 de junio de 2023. Las pretensiones del demandante incluyen:
  • Declarar la nulidad por inconstitucionalidad de las disposiciones mencionadas.
  • Subsidiariamente, en caso de no prosperar la anterior, declarar la nulidad por ilegalidad.
  • Solicitar la suspensión provisional de los mismos artículos del decreto.

Consideraciones jurídicas y fundamento de la decisión

El Consejo de Estado fundamentó su decisión en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), especialmente en:
  • Artículo 15, numeral 1: que asigna a los juzgados administrativos la competencia para conocer en primera instancia de demandas de nulidad contra actos administrativos expedidos por autoridades distritales y municipales.
  • Artículo 156, numeral 3: que establece la competencia territorial en función del lugar donde fue expedido el acto administrativo objeto de la demanda.
Dado que el decreto cuestionado fue expedido en Santiago de Cali, la Sala determinó que corresponde a los juzgados administrativos del circuito de Cali conocer del asunto. Por ello, el auto ordena la remisión del expediente a dichos juzgados para su trámite correspondiente.

Disposiciones finales y procedimiento

En consecuencia, el Consejo de Estado resolvió:
  1. Remitir el expediente a los juzgados administrativos del circuito de Cali, conforme a la competencia territorial establecida.
  2. Encargar a la Secretaría realizar las anotaciones correspondientes en la Sede Electrónica para la Gestión Judicial (SAMAI), garantizando la correcta gestión documental y notificación.
Esta providencia fue firmada electrónicamente, asegurando su autenticidad e integridad según los parámetros legales vigentes. Esta decisión destaca la importancia del respeto a la competencia territorial en el trámite de procesos administrativos, asegurando que los órganos jurisdiccionales competentes sean quienes conozcan los asuntos conforme a la ley. Además, resalta el uso de herramientas electrónicas para la gestión y conservación de documentos judiciales en la administración de justicia.

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho Administrativo

No se encontraron sugerencias