Consejo de Estado revoca medida cautelar sobre servicios de telecomunicaciones en Bahía Solano
Proviene de: Sentencias
31 de marzo de 2026 13:49:45
Providencia interlocutoria de la máxima instancia en materia contencioso-administrativa
El Consejo de Estado, en su Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, emitió un auto interlocutorio el 19 de febrero de 2026, mediante el cual revocó la medida cautelar decretada de oficio por el Tribunal Administrativo del Chocó el 8 de septiembre de 2025. La providencia tiene como número único de radicación 27001-23-33-000-2024-00145-01 y fue ponenciada por la magistrada de la Sección Primera.
Antecedentes fácticos y procesales
La acción popular fue interpuesta por el personero municipal de Bahía Solano contra el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, una empresa operadora de telefonía celular y una unión temporal de empresas proveedoras de servicios de telecomunicaciones. La demanda buscaba proteger el derecho colectivo al acceso a los servicios públicos de telefonía celular e internet, con énfasis en que su prestación fuera eficiente y oportuna.
La parte actora solicitó una medida cautelar para que los accionados unieran esfuerzos administrativos y presupuestales a fin de realizar acciones inmediatas de mantenimiento, reparación y mejoramiento de la infraestructura de telecomunicaciones en el municipio. Se expuso que las deficiencias en la prestación del servicio afectaban múltiples sectores de la comunidad, incluyendo la salud, educación, comercio y administración pública.
Inicialmente, el Tribunal Administrativo del Chocó negó la medida cautelar solicitada por la parte actora, por considerar que no se cumplían los requisitos legales establecidos en el artículo 231 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). Sin embargo, el Tribunal decretó de oficio una medida cautelar consistente en ordenar al Ministerio y al municipio, con cargo al...
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