Consejo de Estado ordena devolución de expediente para resolver solicitud de adición en proceso sobre moralidad administrativa y patrimonio público
Proviene de: Sentencias
31 de marzo de 2026 13:54:7
Contexto y tribunal competente
La decisión fue proferida por el Consejo de Estado en su calidad de máximo tribunal de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, en segunda instancia, en un proceso que se sigue contra el Ministerio de Educación Nacional, el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG), el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Fiduprevisora S.A., el departamento de Santander y los municipios de Bucaramanga, Floridablanca y Girón.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó por una demanda interpuesta por los procuradores judiciales para asuntos administrativos de Bucaramanga, en ejercicio del medio de control de protección de los derechos e intereses colectivos, conforme a la Ley 472 de 1998. La demanda solicitaba la protección de los derechos colectivos relativos a la moralidad administrativa y la defensa del patrimonio público.
El Tribunal Administrativo de Santander, en sentencia de 12 de diciembre de 2024, declaró vulnerados tales derechos por parte del departamento de Santander, Fiduprevisora S.A. como administradora del FOMAG, y los municipios involucrados. Contra esta sentencia, interpusieron recursos de apelación varias partes, incluyendo Fiduprevisora, el departamento y municipios, el Ministerio de Educación Nacional y la parte demandante.
Posteriormente, una procuradora judicial para asuntos administrativos presentó manifestación de impedimento, basada en una causal prevista en el Código General del Proceso, al existir un vínculo familiar directo con una funcionaria de la Secretaría de Educación del Departamento, entidad relacionada con las pretensiones del proceso. Esta manifestación fue presentada para garantizar la imparcialidad y neutralidad del Ministerio Público en el caso.
El Tribunal Administrativo de Santander concedió el recurso de apelación mediante auto del 19 de...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.