Consejo de Estado confirma sanción por desacato a alcaldesa de Ibagué en acción popular sobre protección ambiental
Proviene de: Sentencias
31 de marzo de 2026 13:57:28
Providencia judicial en segunda instancia sobre incidente de desacato
El Consejo de Estado, en su Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, emitió un auto el 12 de febrero de 2026, que resolvió el grado jurisdiccional de consulta frente a un incidente de desacato declarado por el Tribunal Administrativo del Tolima el 6 de noviembre de 2025. La providencia analiza el incumplimiento de la alcaldesa del municipio de Ibagué respecto a las órdenes impartidas en sentencias judiciales que buscaban proteger los derechos colectivos a la seguridad, salubridad pública y ambiente sano.
Antecedentes de la acción popular y sentencias previas
La acción popular fue instaurada por ciudadanos contra el municipio de Ibagué, el Instituto Ibaguereño de Acueducto y Alcantarillado (IBAL S.A. E.S.P.), el Instituto de Financiamiento, Promoción y Desarrollo de Ibagué (INFIBAGUÉ), y la Corporación Autónoma Regional del Tolima (CORTOLIMA), para proteger derechos colectivos vulnerados por el vertimiento de aguas residuales en la quebrada “Hato de la Virgen”.
En 2005, el Tribunal Administrativo del Tolima amparó los derechos colectivos y ordenó al municipio incluir en sus planes la recuperación y saneamiento de la quebrada, la reubicación de habitantes asentados en la zona de ronda, y la vigilancia policial para evitar nuevas invasiones. En 2010, el Consejo de Estado adicionó estas órdenes precisando medidas concretas y plazos para su cumplimiento, entre ellas, la reubicación de viviendas en riesgo inminente y la recuperación del terreno.
Incidente de desacato y sanción impuesta
En 2025, el Tribunal Administrativo del Tolima declaró en desacato a la alcaldesa por no cumplir la orden judicial de reubicar las viviendas en la zona de...
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