Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO ECOSISTEMA

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Consejo de Estado ordena traslado para alegatos en conflicto de competencias en caso contra ESE Hospital Universitario Departamental de Nariño

Proviene de: Sentencias

31 de marzo de 2026 13:58:50

Tribunal y naturaleza de la decisión

La providencia fue proferida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección A del Consejo de Estado, en calidad de tribunal de instancia superior. Se trata de un auto que regula el trámite procesal dentro de un conflicto de competencias en materia administrativa.

Antecedentes fácticos y procesales

El conflicto de competencias surge en un proceso donde, inicialmente, un tribunal o juez administrativo se declaró incompetente para conocer el asunto, considerándolo de jurisdicción de otro tribunal o juez de diferente distrito judicial. Al no existir consenso sobre la competencia, el expediente fue remitido al Consejo de Estado para decidir sobre la materia conforme al procedimiento establecido en la ley. En este caso, el proceso involucra a una entidad hospitalaria departamental y otros sujetos procesales como partes demandadas, mientras que la demanda fue presentada por un grupo de actores interesados.

Consideraciones y fundamentos jurídicos

El auto se fundamenta en el artículo 158 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 33 de la Ley 2080 de 2021, que regula el procedimiento para resolver conflictos de competencias entre tribunales y jueces administrativos de diferentes distritos judiciales. Este precepto establece que el magistrado ponente del Consejo de Estado debe disponer el traslado a las partes por un término común de tres días para que presenten alegatos. Asimismo, la providencia ordena el registro de los sujetos procesales en la plataforma de gestión judicial Samai, con el fin de garantizar el acceso al expediente y facilitar el trámite electrónico del proceso. Se establecen plazos precisos para dicho registro, sin que el silencio de las partes afecte el curso de la actuación. En resumen, la decisión busca asegurar el debido proceso y la correcta administración de justicia en el marco de la competencia judicial, respetando los procedimientos legales vigentes y facilitando la participación de las partes involucradas.

Implicaciones del auto

Este auto representa una fase procesal clave para la resolución del conflicto de competencias, ya que permite a las partes presentar sus argumentos antes de que el Consejo de Estado emita la decisión definitiva. Además, refuerza el uso de herramientas tecnológicas para el acceso y manejo de expedientes, en línea con la modernización judicial. La diligencia garantiza la observancia del derecho a la defensa y contribuye a la transparencia en la actuación jurisdiccional, aspectos fundamentales en los procesos contencioso-administrativos en Colombia. Con esta medida, se reafirma el compromiso del Consejo de Estado con la eficiencia, la legalidad y la protección de los derechos de los ciudadanos en el ámbito judicial.

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho Administrativo

No se encontraron sugerencias