El documento CONPES, aprobado el 24 de marzo de 2026, establece las pautas para que los representantes de la Nación y sus entidades en las juntas de socios y asambleas de accionistas de las empresas industriales y comerciales del Estado societarias (EICE) y sociedades de economía mixta (SEM) del orden nacional definan la destinación de utilidades netas generadas al cierre de 2025.
Marco normativo y alcance
Basado en lo dispuesto en el artículo 97 del Decreto 111 de 1996 (Estatuto Orgánico de Presupuesto, EOP) y el artículo 2.8.3.3.12 del Decreto 1068 de 2015, el CONPES tiene la competencia de impartir instrucciones sobre la distribución de utilidades. Estas utilidades corresponden a la participación estatal en el capital de las EICE societarias y SEM.
Distribución y montos asignados
El análisis financiero realizado reportó utilidades netas por 29.625.936,03 millones de pesos. De este total, se definieron tres destinaciones principales:
- Reservas ocasionales: 23.750.047,59 millones de pesos, destinadas principalmente a fortalecer la sostenibilidad y flexibilidad operativa de las entidades. Destacan como principales aportantes Ecopetrol y el Grupo Bicentenario, con el 87 % y 12 % respectivamente.
- Capitalización: 28.264,24 millones de pesos, orientados a proyectos estratégicos y fortalecimiento patrimonial, con aportes relevantes de la Empresa Colombiana de Productos Veterinarios (Vecol), Corabastos S.A. y Artesanías de Colombia S.A.
- Distribución de dividendos: 5.847.624,20 millones de pesos, que serán repartidos entre la Nación y otros accionistas, con la Nación recibiendo aproximadamente 5.240.892,91 millones de pesos por participación directa e indirecta.
Fechas y recomendaciones para el pago de dividendos
El CONPES recomienda plazos específicos para el pago de dividendos:
- Para las entidades financieras no listadas en bolsa, como el Grupo Bicentenario y la Central de Inversiones S.A., se establece como fecha límite el 30 de junio de 2026.
- Ecopetrol debe realizar el pago a accionistas minoritarios a más tardar el 30 de abril de 2026, y a la Nación en dos cuotas, la primera de cuatro billones de pesos antes de esa fecha y el saldo antes del 30 de junio de 2026.
- Para las demás EICE societarias y SEM del orden nacional, se fija el 31 de mayo de 2026 como fecha máxima para pago de dividendos, salvo fechas anteriores definidas en las respectivas asambleas.
- En el caso de empresas que cotizan en bolsa, excepto Ecopetrol, el cronograma de pago no deberá exceder el 29 de mayo de 2026.
Objetivo de las instrucciones
Estas instrucciones buscan garantizar un equilibrio entre la solidez financiera de las entidades y la liquidez necesaria para el financiamiento del presupuesto nacional, asegurando que las utilidades sean destinadas de forma responsable para fortalecer las empresas y cumplir con las obligaciones estatales.
El documento detalla además la metodología aplicada para el cálculo y distribución de utilidades, así como las justificaciones para las reservas y capitalizaciones propuestas.
Estas directrices constituyen un marco jurídico y financiero de relevancia para los representantes estatales en las empresas públicas y mixtas, asegurando transparencia y orden en la gestión de recursos públicos.
Con estas medidas, el CONPES refuerza el compromiso del Estado con la eficiencia y responsabilidad en la administración de sus recursos, promoviendo un desarrollo sostenible y el cumplimiento de los objetivos estratégicos nacionales.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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