Propósito general y objetivo principal del proyecto
El proyecto de resolución tiene como propósito establecer un mecanismo actualizado para el reporte de información que permita la correcta programación y ejecución del giro directo de recursos a las instituciones prestadoras de servicios de salud y a los proveedores de tecnologías en salud. Este mecanismo abarca tanto los recursos provenientes de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) como los fondos correspondientes a presupuestos máximos para servicios y tecnologías no cubiertos con la UPC, en los regímenes contributivo y subsidiado.
El objetivo principal es optimizar la gestión financiera y administrativa del sistema general de seguridad social en salud, garantizando la oportunidad, trazabilidad y control en el giro de recursos, y promoviendo la transparencia en el manejo de los mismos. Esta medida beneficia a las Entidades Promotoras de Salud (EPS), las Entidades Obligadas a Compensar (EOC), las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) y los proveedores de tecnologías en salud, facilitando la eficiencia en la transferencia de los recursos destinados a la prestación de servicios.
Nuevas disposiciones y mecanismos introducidos
Entre las innovaciones relevantes, el proyecto establece disposiciones claras sobre:
- El giro directo de recursos, que será realizado por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) en nombre de las EPS y demás entidades obligadas.
- El orden y límites en la distribución de los giros, priorizando las modalidades de pago por capitación y luego otras modalidades, respetando los montos asignados según la liquidación de afiliados y procesos de compensación.
- La obligatoriedad de reportar información a través de la Plataforma de Intercambio de Información (PISIS) del Sistema Integral de Información de la Protección Social (SISPRO), empleando un anexo técnico detallado que especifica la estructura y características de los archivos de reporte.
- La inclusión obligatoria en los reportes del Código Único de Contrato (CUCON) asignado por el Sistema Integral de Información Financiera y Asistencial (SIIFA), y de los códigos únicos relacionados con la factura electrónica de venta en salud: el Código Único de Factura Electrónica (CUFE) y el Código Único de Validación (CUV).
- La presentación oportuna de la factura electrónica de venta en salud, debidamente validada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), acompañada del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud (RIPS) y demás soportes requeridos.
- La publicación por parte de ADRES de listados actualizados de entidades con información bancaria registrada y de los giros realizados, así como la comunicación de inconsistencias a las EPS para su corrección.
- Medidas de control y sanción, incluyendo la suspensión de la programación de giros directos a prestadores o proveedores que incumplan con la presentación oportuna de facturas electrónicas.
Impacto y alcance potencial
Este proyecto de resolución busca fortalecer la eficiencia administrativa y financiera en la gestión de los recursos del sistema de salud, asegurando que los giros se realicen con base en información veraz, completa y oportuna. Además, promueve la transparencia y el control sobre los recursos públicos, lo que contribuye a la sostenibilidad del sistema y a la garantía de acceso oportuno a los servicios de salud.
El alcance del proyecto comprende tanto el régimen contributivo como el subsidiado, aplicándose a las EPS, EOC, IPS y proveedores de tecnologías en salud que participan en estos regímenes. Asimismo, establece normas para la facturación y el reporte de información, facilitando la interoperabilidad y el seguimiento por parte de las entidades de control.
Participación de actores clave
El proyecto involucra la participación activa de varias entidades y actores del sistema de salud, incluyendo:
- El Ministerio de Salud y Protección Social, responsable de la regulación y supervisión del mecanismo.
- La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), encargada de realizar el giro directo y publicar la información relevante.
- Las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y las Entidades Obligadas a Compensar (EOC), responsables del reporte de información y de la veracidad de los datos suministrados.
- Las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) y los proveedores de tecnologías en salud, quienes deben cumplir con la presentación de facturas electrónicas y demás requisitos contractuales.
- La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), que valida la factura electrónica de venta en salud.
- La Superintendencia Nacional de Salud, encargada de la inspección, vigilancia y control del cumplimiento de la resolución.
El proyecto también contempla la implementación de plataformas tecnológicas como PISIS y SIIFA para facilitar el intercambio de información y asegurar la integridad y seguridad de los datos reportados.