Propósito general y objetivo principal del proyecto
El proyecto de resolución tiene como propósito general modificar el artículo 5 de la Resolución 2361 de 2016 y el artículo 14 de la Resolución 737 de 2024, además de dictar otras disposiciones relacionadas con el seguimiento y control de los recursos asignados mediante transferencias por el Ministerio de Salud y Protección Social. Su objetivo principal es fortalecer la metodología para el seguimiento a la ejecución de estos recursos, mediante la implementación de instrumentos de información estructurada que permitan mejorar la trazabilidad, consistencia, integridad y oportunidad en el reporte de información.
Nuevas disposiciones y mecanismos introducidos
Entre los cambios más relevantes, el proyecto establece que las entidades territoriales y beneficiarias deberán cargar a la Plataforma PISIS una serie de soportes y documentos esenciales para la supervisión de los recursos. Estos incluyen:
- Acto administrativo de incorporación de recursos al presupuesto.
- Lineamientos técnicos para la ejecución de los recursos.
- Base de datos con contratos o actos administrativos formalizados, detallando identificación, objeto, valor, plazo, estado de ejecución y beneficiarios finales.
- Certificación de cumplimiento expedida por los representantes legales y revisores fiscales.
- Informes mensuales de ejecución con avances físicos, financieros, pagos y estado contractual.
- Informes parciales o finales suscritos por supervisores o interventores.
- Actas de liquidación de contratos y documentos de reintegro de recursos no ejecutados, entre otros.
Además, se establece que la información debe ser completa, consistente y verificable, siendo responsabilidad exclusiva de los representantes legales, contadores o revisores fiscales garantizar la calidad y custodia de los documentos.
Acciones y regulaciones específicas propuestas
El proyecto determina que la información de seguimiento debe reportarse con periodicidad mensual, dentro de los quince primeros días hábiles del mes siguiente al período ejecutado. Asimismo, el informe final de ejecución debe presentarse a más tardar el último día hábil del mes siguiente a la finalización de la ejecución de los recursos.
Se establece que el Ministerio de Salud y Protección Social será responsable del seguimiento integral, elaborando y actualizando los lineamientos conforme a las normas vigentes. Las entidades receptoras deben garantizar la adecuada conservación, organización y custodia documental, en concordancia con las disposiciones de gestión documental del Archivo General de la Nación. También deben suministrar información veraz y completa a las autoridades y organismos de control cuando sea requerido.
Impacto esperado y alcance potencial
Este proyecto busca mejorar la transparencia, control y rendición de cuentas en la administración de recursos públicos destinados al sector salud. Al optimizar los mecanismos de reporte y seguimiento, se espera agilizar el cierre de la ejecución de los recursos y facilitar la supervisión por parte del Ministerio y organismos de control.
El fortalecimiento de la trazabilidad y calidad de la información contribuye al cumplimiento de los principios constitucionales de eficiencia, economía, celeridad e imparcialidad en la función administrativa, favoreciendo una gestión más responsable y efectiva de los recursos en salud.
Participación de actores clave
Las entidades territoriales y beneficiarias de los recursos transferidos serán actores fundamentales en la implementación de estas disposiciones, al ser responsables del reporte y custodia de la información. Por su parte, el Ministerio de Salud y Protección Social ejercerá la coordinación, seguimiento y control, articulando los lineamientos técnicos y administrativos.
También se contempla la participación de los órganos de control y autoridades nacionales y territoriales, quienes podrán requerir información y realizar verificaciones en ejercicio de sus funciones.