Propósito y objetivo del proyecto de resolución
El proyecto de resolución presentado por el Ministerio del Trabajo tiene como propósito general actualizar, sistematizar y unificar en un solo cuerpo normativo las reglas relativas a la promoción, suscripción, seguimiento y cierre de los Acuerdos de Formalización Laboral. Estos acuerdos, regulados inicialmente en el Capítulo II de la Ley 1610 de 2013, son instrumentos orientados a promover la formalización de las relaciones laborales mediante compromisos eficaces de los empleadores, tanto del sector público como privado, para mejorar las formas de vinculación del personal con contratos laborales de vocación de permanencia.
El objetivo principal del proyecto es fortalecer la formalización laboral con especial énfasis en la generación de empleo digno y estable, alineado con el marco constitucional y legal vigente. Se busca optimizar la eficacia en la prevención de conductas que atenten contra la formalización laboral y facilitar la celebración de contratos de trabajo que garanticen condiciones laborales justas, beneficiando a grupos poblacionales vulnerables como mujeres, jóvenes, personas con discapacidad, población LGBTIQ+, indígenas, desplazados y migrantes.
Nuevas disposiciones y ruta de formalización laboral
El proyecto introduce una ruta claramente definida para la formalización laboral, que se divide en cuatro fases:
- Fase 1: Promoción de la formalización laboral. Las Direcciones Territoriales y otras dependencias del Ministerio promueven planes y programas de formalización en diversos sectores económicos y grupos específicos.
- Fase 2: Suscripción del acuerdo de formalización. Incluye la manifestación de intención por parte del empleador, elaboración y socialización del preacuerdo, registro de la socialización, elaboración formal del acuerdo, revisión, aprobación y firma con la participación activa de empleadores, trabajadores y sus representantes sindicales.
- Fase 3: Vigencia y seguimiento. El seguimiento al cumplimiento de los acuerdos tendrá una duración de tres años, o cinco años cuando se suscriba posterior a decisiones sancionatorias ejecutoriadas. El Ministerio realizará acompañamiento semestral, inspecciones y aplicará medidas preventivas para garantizar el cumplimiento y evitar la repetición de conductas contrarias a la formalización.
- Fase 4: Cierre. Al finalizar el período de vigencia, el Ministerio elaborará un acta de cierre que refleje el estado de cumplimiento del acuerdo.
Contenidos mínimos y garantías del acuerdo
El proyecto establece que los Acuerdos de Formalización Laboral deberán contener como mínimo:
- Caracterización completa de los trabajadores a formalizar, con criterios objetivos y no discriminatorios.
- Tipo de vinculación aplicable según el régimen jurídico.
- Fecha de vinculación y porcentaje razonable de formalización.
- Compromisos de no incurrir en intermediación laboral ilegal o tercerización prohibida.
- Garantías para la promoción sindical y la generación de trabajo decente.
- Posibilidad de establecer garantías idóneas para asegurar el cumplimiento de los compromisos.
- Manifestación expresa sobre las consecuencias legales en caso de incumplimiento.
Impacto y actores involucrados
Este proyecto se orienta a promover el fortalecimiento del trabajo decente y digno, en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 y la Ley 2466 de 2025, que refuerzan la estabilidad en el empleo mediante contratos a término indefinido. La actualización normativa facilitará una mayor claridad, coherencia y trazabilidad administrativa en la formalización laboral, beneficiando a empleadores públicos y privados, trabajadores, organizaciones sindicales y grupos poblacionales vulnerables.
Además, el proyecto establece un sistema de seguimiento riguroso que involucra activamente a los representantes de los trabajadores y a las entidades territoriales del Ministerio del Trabajo, garantizando la vigilancia efectiva del cumplimiento de los acuerdos y la prevención de prácticas laborales ilícitas.
Regulación y vigencia
El proyecto deroga expresamente las Resoluciones 321 de 2013 y 5084 de 2015, concentrando la normativa en un solo cuerpo que facilite su aplicación y armonice las disposiciones con el marco constitucional vigente. La resolución propuesta entrará en vigencia a partir de su publicación, consolidando así un nuevo esquema para la formalización laboral en Colombia.