Acuerdo 897 de 2026: Adopción del Sistema de Administración del Riesgo para Juegos de Suerte y Azar Territoriales
Proviene de: Acuerdos
20 de abril de 2026 22:3:12
Tipo de Acuerdo, Entidades Involucradas y Contexto
El Acuerdo 897 de 2026, publicado en el Diario Oficial No. 53.463 el 17 de abril de 2026, es un acto administrativo expedido por el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar (CNJSA). Este órgano, responsable de la supervisión y regulación de los juegos de suerte y azar en el ámbito territorial, ejerce sus facultades legales según el artículo 47 de la Ley 643 de 2001 y el Decreto Ley 4144 de 2011. El acuerdo deroga el Acuerdo 574 de 2021 y establece nuevas disposiciones para la gestión de riesgos en este sector.
Objeto y Finalidad del Acuerdo
El principal objeto del Acuerdo es adoptar el SARLAFT/FPADM para los juegos de suerte y azar del nivel territorial. Este sistema se orienta a prevenir y mitigar riesgos relacionados con el lavado de activos, financiación del terrorismo y proliferación de armas de destrucción masiva dentro de las operaciones de juegos de azar administrados por entidades públicas y privadas en departamentos, municipios, distritos especiales y el Distrito Capital.
La finalidad es garantizar la integridad y transparencia en la operación de estos juegos, alineándose con las obligaciones internacionales asumidas por Colombia, incluyendo las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y la normativa nacional vigente en materia de prevención de delitos financieros.
Ámbito de Aplicación y Sujetos Obligados
El acuerdo es aplicable a entidades públicas de orden departamental y municipal, el Distrito Capital y Distritos Especiales; sociedades de capital público departamental; asociaciones; empresas industriales y comerciales del Estado; la Cruz Roja Colombiana; y personas jurídicas autorizadas para explotar o administrar juegos...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.