Propósito general y objetivo principal
El proyecto de resolución tiene como propósito establecer un reglamento técnico que define las condiciones y requisitos que debe cumplir el etiquetado nutricional y el etiquetado frontal de advertencia en productos ultraprocesados y alimentos envasados o empacados para consumo humano en Colombia. Su objetivo principal es proporcionar al consumidor final información nutricional clara, veraz y comprensible para facilitar una elección informada y prevenir prácticas que induzcan a error o engaño. La medida responde a la necesidad de proteger la salud pública frente al consumo excesivo de nutrientes críticos y ultraprocesados, en concordancia con mandatos constitucionales y normativos nacionales e internacionales.
Nuevas disposiciones y mecanismos introducidos
El proyecto deroga la Resolución 810 de 2021, así como sus modificaciones previas, para unificar y actualizar la regulación sobre el etiquetado nutricional y frontal. Entre las innovaciones destacan:
- La incorporación de un sello frontal de advertencia específico para productos ultraprocesados, complementario a los sellos existentes para exceso en sodio, azúcares, grasas saturadas, grasas trans y la presencia de edulcorantes.
- Establecimiento de microsellos para envases con área menor a 5 cm², garantizando la visibilidad incluso en empaques pequeños.
- Clarificación y armonización de definiciones técnicas relativas a nutrientes, ingredientes y niveles de procesamiento, incluyendo exclusiones específicas para ciertos alimentos y bebidas típicos o artesanales.
- Detallada regulación sobre la presentación, tamaño, ubicación y formato de la tabla de información nutricional, con formatos adaptados a diferentes tamaños de envase (vertical estándar, simplificado, tabular y lineal).
- Definición de valores diarios de referencia para nutrientes, tanto para niños como para adultos, y establecimiento de criterios para declaraciones de propiedades nutricionales y de salud.
- Prohibición expresa del uso de declaraciones nutricionales y de salud no sustentadas científicamente o que induzcan a error.
- Incorporación del sello positivo para alimentos sin procesar o mínimamente procesados que cumplan criterios técnicos y que puede ser utilizado de forma voluntaria para destacar sus características saludables.
Acciones y regulaciones específicas
El reglamento establece un plazo máximo de seis meses desde su publicación para la implementación de los nuevos requisitos por parte de productores, importadores y comercializadores. Se permite el uso de adhesivos y etiquetas complementarias para facilitar la transición. Además, se otorgan hasta cinco años para la adecuación de productos en envases retornables.
El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) será la entidad encargada de la inspección, vigilancia y control, coordinando con entidades territoriales para garantizar el cumplimiento, aplicando sanciones conforme a la ley.
Se autoriza la revisión y actualización del reglamento cada cinco años, o antes si se presentan cambios significativos en la evidencia científica o tecnológica.
Impacto esperado y alcance potencial
Este proyecto de resolución promueve la protección de la salud humana mediante la prevención de enfermedades no transmisibles relacionadas con la dieta, como obesidad, diabetes y enfermedades cardiovasculares, que constituyen un importante problema de salud pública en Colombia. Al facilitar información clara y accesible, se busca influir en los hábitos de consumo y fomentar dietas más saludables.
El reglamento tendrá alcance nacional, aplicándose a todos los alimentos y bebidas ultraprocesados y envasados, tanto nacionales como importados, comercializados en el país. Además, establece excepciones específicas para ciertos alimentos y productos, asegurando un marco regulatorio equilibrado.
Participación de actores clave
La elaboración del proyecto se fundamenta en la coordinación entre el Ministerio de Salud y Protección Social, el Invima, entidades territoriales y organismos internacionales como la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS). También considera acuerdos internacionales como los establecidos por la Organización Mundial del Comercio (OMC) y la Comunidad Andina.
Este reglamento impactará a productores, importadores, comercializadores y consumidores, estableciendo responsabilidades claras para el sector industrial y facilitando a los consumidores herramientas para tomar decisiones informadas sobre su alimentación.
En conclusión, el proyecto de resolución representa un avance normativo sustancial para el fortalecimiento de la seguridad alimentaria y la promoción de la salud pública en Colombia, mediante la regulación técnica del etiquetado nutricional y frontal de advertencia en productos ultraprocesados y alimentos envasados. Se espera que esta iniciativa contribuya significativamente a la reducción de enfermedades relacionadas con la alimentación y fomente una cultura de consumo responsable y saludable en el país.