Tribunal Superior de Neiva confirma inexistencia de vínculo laboral en proceso ordinario laboral
Proviene de: Sentencias
23 de abril de 2026 11:33:38
Providencia judicial y contexto procesal
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, en segunda instancia, emitió sentencia el 4 de marzo de 2026, resolviendo un recurso de apelación interpuesto en un proceso ordinario laboral promovido contra un demandado que negó la existencia de vínculo laboral con el actor. La sentencia impugnada fue proferida inicialmente por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Neiva el 10 de septiembre de 2019, que absolvió al demandado y condenó en costas al accionante.
Antecedentes fácticos y procesales
El demandante solicitó que se declarara la existencia de un contrato verbal de trabajo a término indefinido, alegando que prestó servicios personales en labores agrícolas desde 1996 hasta 2017, sin que se le reconocieran prestaciones sociales ni aportes a seguridad social, y que fue despedido sin justa causa. Además, pidió la nulidad de un contrato de transacción suscrito en 2018, argumentando que vulneraba derechos irrenunciables.
Por su parte, el demandado negó la existencia de relación laboral, argumentando que la vinculación fue de naturaleza civil mediante contratos de prestación de servicios, ejecutados de manera autónoma y sin subordinación. Se apoyó en el contrato de transacción celebrado entre las partes, en el cual se reconoció dicha modalidad contractual.
Consideraciones centrales de la sentencia
La Sala Superior fundamentó su decisión en el principio constitucional de la primacía de la realidad, consagrado en el artículo 53 de la Constitución Política, que privilegia la realidad objetiva sobre las formas contractuales en materia laboral. Para determinar la existencia de vínculo laboral, se aplicaron los artículos 23 y 24 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), que establecen como requisitos...
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