Contexto y objetivo de la circular
Esta circular, emanada de entidades públicas responsables de la formación profesional en Colombia, tiene como propósito principal orientar la ejecución de los programas de formación para las estrategias Campesina y Full Popular en el año 2026. Dichos programas buscan atender de manera específica a poblaciones campesinas y actores de la economía popular, garantizando que la oferta formativa responda a sus necesidades particulares y se desarrolle bajo criterios institucionales claros.
En concreto, la circular modifica las rutas de atención establecidas en la vigencia anterior para la formación complementaria Campesina, y establece que la oferta estará disponible en todo el catálogo de formación complementaria, ocupacional y tecnológica. La modalidad para estos programas será a través de oferta especial social, evitando la oferta abierta, con el fin de asegurar que únicamente accedan a ellos las personas seleccionadas conforme a las definiciones institucionales vigentes para campesinos y actores de la economía popular.
Alcance y destinatarios
Los destinatarios de esta circular son principalmente los directores regionales, subdirectores de centros de formación profesional y coordinadores académicos, quienes deben implementar las directrices establecidas en sus respectivas regiones y centros. La regulación tiene un ámbito de aplicación externa, pues afecta la ejecución de programas formativos dirigidos a comunidades específicas y no a empleados internos.
Se establecen códigos específicos para la caracterización y contabilización de estos programas en el sistema académico administrativo SOFIA Plus, diferenciando entre diversas modalidades del programa Campesina y Full Popular, incluyendo variantes como aulas móviles y tecnológicas.
Validez legal y fuerza vinculante
Al tratarse de una circular expedida por la Dirección General y la Dirección de Formación Profesional, ambas autoridades competentes en materia educativa y de formación profesional, la circular posee carácter obligatorio para los destinatarios mencionados. Su cumplimiento es indispensable para la correcta ejecución de los programas de formación en el marco de las estrategias señaladas. Así, las instrucciones y metas definidas tienen fuerza vinculante dentro del ámbito administrativo correspondiente.
Contenido sustancial y principales instrucciones
Entre los aspectos más relevantes de la circular destacan:
- La ejecución de la formación en 2026 se realizará exclusivamente bajo la modalidad de oferta especial social, dirigida a poblaciones campesinas y de economía popular debidamente caracterizadas.
- Se habilita todo el catálogo de formación complementaria, ocupacional y tecnológica para atender estas poblaciones, dejando sin efecto las rutas de atención previamente vigentes para la formación complementaria Campesina.
- Se asignan códigos específicos para la correcta identificación de los programas en el sistema SOFIA Plus, facilitando el registro y seguimiento estadístico.
- Para la formación técnica, se priorizan determinados programas como Técnico Promotor en Asociatividad Solidaria, Técnico Promotoría Campesina en Agroecología y Técnico en Derechos del Campesino y Ordenamiento Territorial, con metas asignadas a cada centro de formación profesional, las cuales se adjuntan en los anexos de la circular.
- Se indica que los tractores entregados a los centros de formación deben ser utilizados en prácticas formativas dentro del territorio donde se desarrolla la formación, asegurando la pertinencia y contextualización práctica de los programas.
Además, la circular incluye anexos con metas detalladas para cada programa técnico en los diversos centros de formación, distribuidos a lo largo del país, lo que permite una planificación y evaluación clara del alcance de las estrategias formativas.
Importancia para los destinatarios y el público general
Esta circular representa una guía fundamental para la implementación efectiva de programas de formación dirigidos a poblaciones vulnerables y estratégicas para el desarrollo rural y social. Al establecer criterios claros de selección, programación y seguimiento, contribuye a optimizar los recursos institucionales y a focalizar la formación en quienes más lo requieren.
Para el público general, especialmente para las comunidades campesinas y de la economía popular, la circular garantiza que la oferta educativa sea pertinente, accesible y adecuada a sus necesidades, promoviendo así el desarrollo integral y la inclusión social mediante la formación profesional.
En definitiva, la Circular 1-6060 es un instrumento jurídico-administrativo que fortalece la política pública de formación profesional con enfoque social, con un marco claro y vinculante para quienes deben implementarla.
Para consultar la circular original, puede dirigirse a la página oficial de la Dirección General y la Dirección de Formación Profesional.