Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO ECOSISTEMA

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Secretaría General del SENA publica Circular 1-2020 el 11 de febrero de 2026 sobre lineamientos para la gestión y seguimiento de querellas ante el Ministerio del Trabajo

Proviene de: Circulares

24 de abril de 2026 12:34:56

Contexto y objetivo de la Circular 1-2020

La Secretaría General del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) emitió la Circular 1-2020 para actualizar y unificar los lineamientos relacionados con la gestión administrativa y jurídica de las querellas presentadas ante el Ministerio del Trabajo. Esta acción responde a la necesidad de articular eficazmente las actuaciones derivadas de denuncias relacionadas con infracciones a la normativa laboral y de seguridad y salud en el trabajo (SG-SST), en el marco de las funciones delegadas a las Direcciones Regionales y Subdirecciones de Centro de Formación. El fundamento normativo incluye la Resolución No. 2144 de 2024, que delega funciones de representación judicial, extrajudicial y administrativa en estas autoridades regionales, así como la Resolución No. 1987 de 2023, que asigna al Grupo de Seguridad y Salud en el Trabajo la función de diseñar y divulgar lineamientos para la ejecución del SG-SST. En este marco, la Circular tiene como objetivo principal establecer una ruta estandarizada para la gestión, seguimiento y reporte de querellas, asegurando coherencia y eficiencia institucional.

Contenido principal y alcance

La Circular está dirigida a los Directores Regionales y Subdirectores de Centro de Formación del SENA, quienes son los sujetos obligados a cumplir con los procedimientos establecidos. El documento detalla una serie de lineamientos que estructuran el proceso en dos etapas principales: notificación y seguimiento. En la etapa de notificación, se establece que una vez recibida la notificación del Ministerio del Trabajo, la Dirección Regional o el Centro de Formación debe remitir copia íntegra a la Coordinación del Grupo de Seguridad y Salud en el Trabajo dentro de los cinco días calendario siguientes. Además, se contempla la realización de mesas de trabajo nacionales, convocadas por la Coordinación mencionada, con participación de diversas direcciones para analizar requerimientos y definir acciones técnicas, jurídicas, presupuestales y de infraestructura. Cada Dirección Regional debe designar un responsable que funcione como enlace institucional para la gestión integral de la querella, encargado de consolidar información técnica y jurídica, y realizar reportes periódicos. Se implementa una matriz de verificación para documentar hallazgos, acciones y avances, así como la elaboración de informes de gestión que deben ser almacenados en plataformas institucionales como OneDrive. La respuesta oficial a los requerimientos debe ser emitida dentro de los plazos legales, garantizando una articulación técnica y jurídica adecuada. En la etapa de seguimiento, se dispone la actualización mensual de la matriz y del informe de gestión, reportados en los primeros cinco días hábiles de cada mes. Cualquier actuación relevante en el trámite administrativo o jurídico debe ser notificada oportunamente a la Coordinación del Grupo de Seguridad y Salud en el Trabajo, quien supervisa la trazabilidad de las querellas. Además, se prevé el apoyo jurídico desde cada Dirección Regional para facilitar el diligenciamiento de la matriz y el seguimiento procesal.

Validez legal y fuerza vinculante

La Circular 1-2020 tiene carácter obligatorio para las instancias internas del SENA mencionadas, al estar emitida por la Secretaría General, autoridad competente para regular procedimientos internos relacionados con la gestión de querellas en materia laboral y de seguridad y salud en el trabajo. Su vigencia implica la derogatoria expresa de la Circular 080 de 2023 y de cualquier disposición interna que le sea contraria, consolidando así un marco normativo actualizado y unificado.

Importancia para los destinatarios y el público en general

Para los directivos regionales y responsables de los Centros de Formación, esta Circular representa una guía clara y precisa para cumplir con las obligaciones legales y administrativas frente a las querellas laborales. La estandarización de procesos contribuye a mejorar la eficiencia, transparencia y trazabilidad institucional, elementos clave en la gestión pública. Para el público y la comunidad en general, la Circular refuerza el compromiso de la entidad con el cumplimiento normativo y la protección de los derechos laborales, al garantizar que las querellas sean gestionadas con rigor técnico y jurídico, respondiendo de manera adecuada a las autoridades laborales. La Circular 1-2020 puede consultarse en la página oficial del SENA, donde se encuentra disponible para conocimiento de los interesados. Así, se reafirma el compromiso del SENA con la mejora continua de sus procesos y la garantía de un ambiente laboral seguro y conforme a la normatividad vigente.

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho Laboral

No se encontraron sugerencias