Circular 1-2026 de la Secretaría General del SENA: Lineamientos para la aplicación del artículo 101 de la Convención Colectiva de Trabajo
Proviene de: Circulares
24 de abril de 2026 12:40:52
Contexto y Objetivo de la Circular
La Circular 1-2026 fue expedida por la Secretaría General del SENA en ejercicio de sus funciones legales, particularmente las relacionadas con la coordinación de las relaciones sindicales y la gestión del talento humano. Su objetivo principal es establecer lineamientos claros y uniformes para la aplicación del artículo 101 de la Convención Colectiva de Trabajo SENA-SINTRASENA, que regula el auxilio de alimentación para los Trabajadores Oficiales de la entidad. Esta medida busca garantizar el cumplimiento de los acuerdos colectivos y una correcta implementación en todo el país durante el año 2026.
Contenido Principal y Alcance
El artículo 101 de la Convención Colectiva establece que el SENA debe pagar mensualmente a sus Trabajadores Oficiales un auxilio de alimentación equivalente al veinte por ciento (20%) del salario mínimo legal vigente. Este auxilio puede ser otorgado en dinero o mediante un sistema de vales, dependiendo de si el centro de formación suministra directamente el servicio de alimentación. En los casos donde se paga en dinero y el servicio de alimentación está disponible, el trabajador tiene derecho a adquirir la alimentación asumiendo el quince por ciento (15%) del costo, mientras que el SENA cubre el ochenta y cinco por ciento (85%).
La circular detalla cómo se aplicarán estos beneficios en 2026, incluyendo especificaciones sobre los días laborados, el suministro de desayuno para jornadas que inician a las 6:00 a.m. o antes, y el manejo presupuestal correspondiente. Además, establece valores máximos autorizados para el almuerzo y desayuno, que serán actualizados anualmente con base en el Índice de Precios al Consumidor (IPC). También prohíbe negociar...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.