Contexto y antecedentes del proyecto de decreto
El proyecto de decreto, anunciado el 29 de julio de 2022 por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, buscaría adicionar un Título 13 a la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1076 de 2015. Esta iniciativa reglamentaría parcialmente el parágrafo segundo del artículo 175 de la Ley 1753 de 2015, modificado por el artículo 230 de la Ley 2294 de 2023, en lo relacionado con las salvaguardas sociales y ambientales para las iniciativas de mitigación en el sector del uso del suelo, cambio del uso del suelo y silvicultura (USCUSS) en el territorio nacional.
Este proyecto se fundamentaría en distintos preceptos constitucionales, leyes nacionales y tratados internacionales, entre ellos la Constitución Política de Colombia, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), la Ley 1753 de 2015, la Ley 2169 de 2021 y la Ley 2294 de 2023. Asimismo, tomaría en consideración la jurisprudencia constitucional y compromisos internacionales como el Acuerdo de París y el Acuerdo de Escazú.
Propósito y alcance del proyecto
El propósito central del proyecto de decreto sería reglamentar la implementación de las salvaguardas sociales y ambientales en las iniciativas de mitigación de gases efecto invernadero (GEI) en el sector USCUSS, estableciendo criterios para el registro y cambio de fase de estas iniciativas en el Registro Nacional de Reducción de Emisiones y Remoción de Gases de Efecto Invernadero (RENARE).
El decreto aplicaría a todas las iniciativas de mitigación del sector USCUSS en Colombia, incluyendo programas y proyectos que usan metodologías REDD+, durante todas sus fases: factibilidad, formulación, implementación y cierre. También contemplaría un enfoque diferencial en territorios indígenas y comunidades étnicas y campesinas, garantizando el respeto a sus derechos colectivos y procesos de consulta previa, libre e informada cuando proceda.
Modificaciones y regulaciones propuestas
Entre las medidas específicas que plantearía el proyecto se encuentran:
- Definición de principios generales basados en la interdependencia entre el bienestar humano y el ambiente, respeto a derechos bioculturales, reconocimiento de conocimientos tradicionales, acceso a la información, integridad ambiental, coherencia, exhaustividad e imparcialidad.
- Establecimiento de fases para las iniciativas en RENARE y criterios para el cambio de fase, incluyendo la obligación de registrar soportes relacionados con procesos de consulta previa y consentimiento libre e informado.
- Regulación de la titularidad de las iniciativas, reconociendo a comunidades indígenas y campesinas como titulares cuando acrediten derechos sobre los territorios, y delimitando la figura del aliado técnico, que podría asumir responsabilidades operativas sin delegar la titularidad.
- Detallado régimen de responsabilidades, condiciones y criterios para titulares, representantes de titularidad y aliados técnicos, incluyendo obligaciones de rendición de cuentas, transparencia y cumplimiento de salvaguardas sociales y ambientales.
- Requisitos para la evaluación de la conformidad por organismos de validación y verificación, incluyendo acreditación, estándares de debida diligencia, capacitación en enfoque diferencial e informes periódicos.
- Condiciones para programas o estándares de certificación de GEI que garanticen la certificación del cumplimiento de salvaguardas sociales y ambientales, con obligaciones de reporte y transparencia.
- Creación del Sistema de Información de Salvaguardas (SIS) para compilar y analizar información sobre el cumplimiento de salvaguardas en iniciativas USCUSS.
- Implementación del monitoreo, reporte y verificación (MRV) del cumplimiento de salvaguardas sociales y ambientales a lo largo de todas las fases de las iniciativas.
- Protocolo con perspectiva étnica para la ejecución de proyectos REDD+ en territorios indígenas, en cumplimiento de la jurisprudencia constitucional.
- Régimen de transición que establecería condiciones para la aplicación progresiva del decreto, especialmente para iniciativas en formulación e implementación.
Participación de actores clave
El proyecto de decreto involucraría la coordinación entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Ministerio del Interior, asignando a cada uno atribuciones específicas.
- El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible evaluaría el cumplimiento de obligaciones, autorizaría cambios de fase en RENARE, presentaría informes ante la CMNUCC, y apoyaría a otras entidades en el fortalecimiento institucional.
- El Ministerio del Interior emitiría actos administrativos relacionados con la consulta previa, consentimiento libre e informado, verificaría la representatividad de autoridades indígenas y promovería la protección de derechos individuales y colectivos en el marco de las iniciativas.
- Los titulares de las iniciativas, representantes de titularidad, aliados técnicos, organismos de validación y verificación, y programas de certificación también tendrían roles definidos en la implementación, seguimiento y control del cumplimiento de las salvaguardas.
- Las comunidades indígenas, campesinas y afrocolombianas participarían activamente en los procesos de consulta, gobernanza y distribución de beneficios, conforme a sus estructuras propias y derechos colectivos.
Acceso al proyecto y participación ciudadana
Aunque el proyecto no estaría aún vigente, se esperaría que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible pusiera a disposición del público el texto completo para consulta. Además, se contemplaría la apertura de períodos para recibir comentarios, observaciones y sugerencias de la ciudadanía y actores interesados, con el fin de enriquecer la reglamentación antes de su adopción definitiva.
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Este proyecto de decreto se presenta como un avance normativo relevante para fortalecer la gestión ambiental y social en iniciativas de mitigación del sector uso del suelo, cambio del uso del suelo y silvicultura en Colombia, alineado con compromisos nacionales e internacionales en cambio climático, derechos de comunidades étnicas y desarrollo sostenible. Su adopción contribuirá a garantizar que estas iniciativas se implementen con respeto pleno a los derechos humanos, la protección ambiental y la participación efectiva de las comunidades afectadas, promoviendo un desarrollo sostenible y equitativo en el país.