Entidad emisora, número y fecha de la resolución
La resolución fue expedida por la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca (CVC), con número 0100 0660 – 4565, con fecha de emisión del 20 de abril de 2026 y publicada en el Diario Oficial No. 53.469 el 23 de abril de 2026.
Tema principal y destinatarios
El tema central de la resolución es la declaratoria de ordenamiento del río El Cerrito, un cuerpo de agua ubicado en el municipio homónimo. La resolución está dirigida principalmente a las autoridades ambientales, entes territoriales y comunidades locales vinculadas con la gestión del recurso hídrico en esta zona. Este público es crucial para asegurar la efectiva implementación y seguimiento del ordenamiento hídrico.
Objetivo de la resolución
El propósito fundamental de esta resolución es iniciar formalmente el proceso de ordenamiento del recurso hídrico del río El Cerrito. Este proceso busca establecer un marco normativo y técnico para la planificación, regulación, conservación y uso sostenible del agua superficial, conforme a los lineamientos legales y técnicos vigentes.
Decisiones y regulaciones principales
Entre las decisiones clave adoptadas se destacan:
- Declaratoria en ordenamiento: Se reconoce formalmente al río El Cerrito como cuerpo de agua sujeto al proceso de ordenamiento ambiental y de uso.
- Definición del ámbito territorial: Se delimita la ubicación geográfica del río dentro de la cuenca Magdalena-Cauca, especificando la zona y subzona hidrográfica correspondiente.
- Cronograma de trabajo: Se establece un plan de acción para las fases del ordenamiento, que incluyen diagnóstico, identificación de usos potenciales, elaboración y adopción del Plan de Ordenamiento del Recurso Hídrico (PORH). Este cronograma contempla un periodo de 19 meses.
- Comunicación y coordinación institucional: Se ordena notificar a diversas entidades nacionales y locales, como el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM), la Gobernación del Valle del Cauca, y la Procuraduría Ambiental, para garantizar la cooperación interinstitucional.
Base legal
La resolución se fundamenta en un marco normativo amplio que incluye:
- La Constitución Política de Colombia (artículos 8, 79 y 80), que establece el derecho a un ambiente sano y la obligación estatal de proteger los recursos naturales.
- La Ley 99 de 1993, que asigna competencias ambientales a las Corporaciones Autónomas Regionales.
- La Ley 1450 de 2011, que regula la Gestión Integral del Recurso Hídrico.
- El Decreto 1076 de 2015 y sus modificaciones (Decreto 50 de 2018), que reglamentan el ordenamiento del recurso hídrico.
- Resoluciones del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible 751 y 958 de 2018, que adoptan y complementan la Guía Técnica para la formulación de Planes de Ordenamiento del Recurso Hídrico Continental Superficial.
Modificaciones y términos
La resolución no modifica ni revoca disposiciones previas, sino que da inicio a la primera fase del proceso de ordenamiento hídrico para el río El Cerrito. Además, establece que la medida entra en vigencia desde su expedición, con un cronograma detallado para desarrollar las etapas del proceso en un plazo de 19 meses.
Impacto potencial
Con esta declaratoria, la CVC busca fortalecer la gestión sostenible del agua en la región, promoviendo la conservación de los ecosistemas acuáticos y la calidad del recurso hídrico. El proceso permitirá controlar y regular actividades que puedan afectar la cuenca, definir usos prioritarios y establecer mecanismos de seguimiento y control ambiental, con miras a garantizar el desarrollo sostenible y la protección ambiental en el municipio de El Cerrito y sus zonas circundantes.
Este ordenamiento hídrico representa un paso decisivo para enfrentar los retos ambientales asociados al cambio climático, la presión urbana y agrícola, y la demanda creciente de recursos hídricos en la región, asegurando así un futuro más equilibrado y sostenible para las generaciones presentes y futuras.